1. El Pleno de la Corporación Municipal de Santiago de Compostela, en sesión celebrada el día 3 de julio de 1998, aprobó definitivamente el plan parcial de ordenación del SUNP nº 9 en Belvís (BOP del 18 de noviembre y DOG del 27 de noviembre de 1998).
Dicho plan parcial contiene la delimitación de un único polígono que comprende la totalidad de su ámbito, determinándose como sistema de actuación el de expropiación, que realizará este Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, de conformidad con los acuerdos suscritos con el ayuntamiento y lo establecido en dicho plan parcial, cuya aprobación implica la declaración de utilidad pública de las obras y la necesidad de ocupación de los terrenos y edificios correspondientes a los fines de expropiación según lo establecido en el artículo 33 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre
régimen del suelo y valoraciones y en el artículo 54 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.
2. Por resolución de esta dirección general de 2 de febrero de 1999, se aprobó definitivamente la relación de bienes y derechos y la necesidad de ocupación de los mismos, así como seguir la expropiación por el sistema de tasación conjunta de conformidad con lo previsto en el artículo 144 de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia, y en el artículo 201 del Reglamento de gestión urbanística.
3. Formado el oportuno expediente, por la presente resolución, de conformidad con el artículo 145 de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia, y el artículo 202 del Reglamento de gestión urbanística, acuerdo someterlo a información pública por el plazo de un mes, mediante inserción de anuncios en el Diario Oficial de Galicia y en un periódico de los de mayor circulación de la provincia, para que quienes puedan resultar interesados formulen las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes, en particular en lo que concierne a la titularidad o valoración de sus respectivos derechos, y notificar individualmente
las tasaciones a los que aparezcan como titulares de bienes y derechos en el expediente, mediante traslado literal de la correspondiente hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, para que puedan formular alegaciones en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de notificación.
El expediente estará expuesto en las oficinas de la sede central de este Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo sito en Área Central s/n del polígono de As Fontiñas, así como en las de la Delegación Provincial del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo en A Coruña, Avda. de Salvador de Madariaga s/n, edificio administrativo de Monelos, 8ª planta; y las alegaciones,
dirigidas a esta Dirección General del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, se presentarán por triplicado ejemplar en el registro de la sede central de este Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo o en el de su Delegación Provincial de A Coruña, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 8 de febrero de 2000.
José Antonio Redondo López
Director general del Instituto Gallego
de la Vivienda y Suelo
ANEXO
Relación de bienes y propietarios del SUNP-9
nº (m)
Finca
Propietario Superf.
Valor suelo (ptas.) Const. Ppales. Const. anejas Plantaciones Total Premio afección Justiprecio (ptas.)
1 Arzobispado de Santiago 11.059 39.580.161 2.294.625 41.874.786 2.093.739 43.968.525
2 Alfonso Magán Conde 821 2.938.359 420.500 3.358.859 167.943 3.526.802
3 Arzobispado de Santiago 15.656 56.032.824 7.434.366 63.467.190 3.173.360 66.640.550
4-A María Tarsilia Lojo 3.705 13.260.195 135.000 1.246.700 14.641.895 732.095 15.373.990
4-B José Barros Escariz 3.705 13.260.195 5.623.908 18.884.103 944.205 19.828.308