Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Martes, 15 de febrero de 2000 Pág. 1.893

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2000, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, depósito y publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la corrección de errores del convenio colectivo del sector de la construcción.

Vista el acta de la comisión paritaria de interpretación del convenio colectivo de la construcción de la provincia de Pontevedra, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 22 de diciembre de 1999, suscrita en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Empresarios de la Construcción (APEC), y de la parte social por las centrales

sindicales UGT, CC.OO y CIG, en fecha 21 de diciembre de 1999, de corrección de errores en el artículo 18, párrafo 3.5 del convenio provincial (DOG nº 195, del 7 de octubre y BOP nº 172, del 7 de septiembre), y en el sentido que se hace figurar en el texto de dicha acta.

Que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 105.2º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), las administraciones podrá asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o por instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos, existentes en sus actos, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Rectificar el error material sufrido en el artículo 18, párrafo 3.5 del convenio colectivo de la construcción de la provincia de Pontevedra y en el sentido que figura en el texto del acta.

Segundo.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Tercero.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Cuarto.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 7 de enero de 2000.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

Comisión paritaria de interpretación del convenio colectivo de la construcción de la provincia de Pontevedra.

Corrección de errores en el artículo 18, punto 3.5 del convenio provincial.

Asistentes:

UGT:

José C. Rodríguez del Río.

Guillermo Simón.

CC.OO.:

Francisco Estévez Rodríguez.

CIG:

Xosé Xoán Melón González.

Alberto Fernández Campo.

APEC:

José M. Conde Roque.

Anselmo Hernández Luján.

Asesora:

Yolanda Carballo Muñoz.

En Vigo a 21 de diciembre de 1999, en la sede de la Asociación Provincial de Empresarios de la Construcción (APEC), previamente convocados, se reúnen

las personas que figuran en el margen en las representaciones que se indican, con el fin siguiente:

Habiendo detectado un error en el artículo 18: contrato para la formación, en su punto 3.5, la retribución para aquellos trabajadores desde 18 a 24 años será de 90.690 pesetas, que entrará en vigor con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 1999 hasta el 31 de diciembre del mismo año.