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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Miercoles, 09 de febrero de 2000 Pág. 1.682

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2000, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicas las listas definitivas para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral, reguladas en el Decreto 89/1997, de 10 de abril, correspondientes a las categorías 2, 6, 11, 19, 23, 31 del grupo I, a las 2, 6, 17, 21, 31, 27 del grupo II, a las 3, 5, 11, 37, 68, 88 del grupo III, a las 2, 6, 9, 11, 12, 16, 17, 21, 23, 25 del grupo IV y 2, 8, 9, 10, 10d, 12 del grupo V (lista A), de conformidad con lo establecido en la Resolución de 30 de junio de 1999.

Publicada la Resolución del día 15 de diciembre de 1999 (DOG nº 5, del 10 de enero de 2000), relativa a la publicación de las listas para la cobertura con

carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral, reguladas en el Decreto 89/1997, de 10 de abril y correspondiente a las categorías 2, 6, 11, 19, 23, 31 del grupo I, a las 2, 6, 17, 21, 31, 37 del grupo II, a las 3, 5, 11, 37, 68, 88 del grupo III, a las 2, 6, 9, 11, 12, 16, 17, 21, 23, 25 del grupo IV, y 2, 8, 9, 10, 10d, 12 del grupo V (lista A) y una vez finalizados los plazos previstos en los apartados tercero y cuarto de la citada resolución y elaboradas las listas definitivas por la comisión permanente de selección para la cobertura de puestos de trabajo reservados a personal laboral, en la sesión celebrada el día 1 de febrero de 2000, la Dirección General de la Función Pública

RESUELVE:

Primeiro.-Hacer públicas las listas definitivas para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral de las categorías que a continuación se indica (lista A):

-Grupo I:

Cat. 002 (titulado superior médico).

Cat. 006 (titulado superior psicólogo).

Cat. 011 (titulado superior pedagogo).

Cat. 019(titulado superior especialista).

Cat. 023 (documentalista).

Cat. 031 (titulado superior de formación ocupacional).

-Grupo II:

Cat. 002 (ATS, enfermero y otros).

Cat. 006 (educador y otros).

Cat. 017 (asistente social).

Cat. 021 (monitor ocupacional).

Cat. 031 (restaurador).

Cat. 037 (titulado medio de formación ocupacional).

-Grupo III:

Cat. 003 (controlador pecuario y otros)

Cat. 005 (intendente y otros).

Cat. 011 (encargado agrario y otros).

Cat. 37 (técnico de sonido).

Cat. 068 (pastor oficial 1ª y otros).

Cat. 088 (capataz de explotaciones marisqueras).

-Grupo IV:

Cat. 002 (auxiliar mecánico y otros).

Cat. 006 (ayudante servicios técnicos y otros).

Cat. 009 (oficial 2ª faenas agrícolas).

Cat. 011 (auxiliar de laboratorio).

Cat. 012 (auxiliar de internado).

Cat. 016 (conductor).

Cat. 017 (almacenero, despensero).

Cat. 021 (oficial 2ª carpintero y otros).

Cat. 023 (maestro gaitero).

Cat. 025 (cargador, tremoyista).

-Grupo V:

Cat. 002 (ayudante trabajos y otros).

Cat. 008 (peón agrario especializado).

Cat. 009 (celador segunda y otros).

Cat. 010 (auxiliar de teléfono de información al ciudadano).

Cat. 10 (socorrista).

Cat. 012 (peón y otros).

Anexo I. Figuran los solicitantes incluidos en la lista.

Anexo II. Figuran los solicitantes excluidos con la expresión de la causa de exclusión.

Segundo.-Los citados anexos se encuentran expuestos en las siguientes dependencias:

-Dirección General de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

-Servicio de Información y Atención al Ciudadano de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

-Delegaciones provinciales de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

-Oficinas comarcales de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

Tercero.-En el anexo I, al que se refiere el apartado segundo de la presente resolución, figuran los solicitantes incluidos en las listas de la citada categoría.

Cuarto.-En todo caso, tendrán que acreditar en el momento en que acepten el puesto de trabajo que se les oferte la documentación precisa, tal y como se dispone en la base 4ª de la resolución de la Dirección General de la Función Pública de 30 de junio de 1999.

Quinto.-A partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia de la presente resolución quedarán sin efecto las listas de dichas categorías elaboradas anteriormente, tal y como se establece en la base 6ª de la resolución de la Dirección General de la Función Pública de 30 de junio de 1999 (DOG nº 129, del 7 de julio).

Sexto.-Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el conselleiro de la Presidencia y Administración Pública en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, de acuerdo con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 2 de febrero de 2000.

Joaquín López-Rúa Soler

Director general de la Función Pública