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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Miercoles, 19 de enero de 2000 Pág. 753

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 1999, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de la concesión de servicio público regular permanente de uso general de transporte de viajeros por carretera: V-2126; XG-184, Vilabol-Santo André de Logares, por sustitución de la concesión: V-2126; XG-184, entre Naraxa y Santo André de Logares.

El conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, mediante Orden de 2 de noviembre de 1999, resolvió otorgar, con carácter definitivo, a la empresa Autocares Hermanos Toxedo, S.L., la concesión de servicio público regular permanente de uso

general de transporte de viajeros por carretera: V-2126; XG-184, Vilabol-Santo André de Logares, por sustitución de la concesión: V-2126; XG-184, entre Naraxa y Santo André de Logares, de acuerdo entre otras, con las siguientes condiciones particulares:

Itinerarios y puntos de parada.

-Vilabol, Naraxa, Vilagocende, Rozabragada, A Fonsagrada, San Pedro de Neiro, Vilamaior, O Trobo, Vilardíaz, San Martín, Romeán, A Veiga de Logares y Santo André de Logares.

Expediciones.

A Fonsagrada-Vilabol (13 km).

-Una expedición de ida y vuelta de lunes a viernes laborables.

Santo André de Logares-A Fonsagrada (23 km).

-Una expedición de ida y vuelta de lunes a viernes laborables.

Tarifas.

Tarifa aplicable:

-Tarifa partícipe por viajero/km: 13,4474 pesetas.

-Tarifa usuario: 14,3887 pesetas.

-Exceso de equipajes y encargos (excluido IVA): 2,0171 pesetas.

Contra la citada orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante este mismo órgano o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados, ámbos plazos, a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la presente resolución. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.

Santiago de Compostela, 10 de diciembre de 1999.

Juan Carlos Villarino Tejada

Director general de Transportes