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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Martes, 18 de enero de 2000 Pág. 693

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE A CORUÑA

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 1999 por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de técnicos especialistas que realizan funciones informáticas vacantes en la plantilla de personal laboral de esta universidad.

Aprobada por Resolución de 10 de agosto de 1995 la oferta de empleo público de personal de administración y servicios de la Universidad de A Coruña, y aprobado por la Junta de Gobierno el sistema de selección de concurso-oposición para la provisión de las plazas de técnicos especialistas de informática, según establece el artículo 111.3º de los estatutos.

Este rectorado, en el uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria, en relación con el artículo 3º.2 e) de la misma norma, así como en los estatutos de esta universidad, aprobados por decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiemmbre) y modificados por decreto de la Xunta de Galicia 245/1998, de 30 de julio (DOG del 28 de agosto), y con el objeto de atender las necesidades de técnicos especialistas que realizan funciones informáticas,

RESUELVE:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir 7 plazas de técnicos especialistas de informática (nº 194, 195, 212, 340, 341, 399 e 412 de la relación de puestos de trabajo) de la Universidad de A Coruña.

Las pruebas selectivas se realizarán con sujección a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Solicitudes.

1.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en la instancia según modelo que figura como anexo IV. A la instancia se adjuntará fotocopia del documento nacional de identidad, acreditándose además el pago de los derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

La presentación de las solicitudes se hará en el registro general de la Universidad de A Coruña (edi

ficio del Rectorado, calle de la Maestranza, s/n, CP 15001) y Ferrol (Vicerrectorado del Campus, Doctor Vázquez Cabrera, s/n, CP 15001), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas y consulares españolas correspondientes.

1.2. Los derechos de examen serán de 7.515 pesetas que se ingresarán, directamente o mediante transferencia, en cualquiera de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente número 1302-1700-42-0017957982, «Pruebas selectivas para técnicos especialistas de informática», a nombre de la Universidad de A Coruña. La solicitud deberá ir acompañada del justificante acreditativo del ingreso, cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el pago supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el punto 1.1.

1.3. Los aspirantes que aleguen méritos en la fase de concurso deberán acreditarlos mediante la presentación de los documentos justificativos originales o copias compulsadas. Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña se acreditarán mediante certificación expedida por la gerencia de la universidad. La documentación acreditativa de los méritos estará referida a la fecha de publicación en el DOG de la presente convocatoria, y deberá incorporarse a la solicitud.

1.4. Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en el recuadro número 15.

1.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 1.1. para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el tribunal.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados, los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, les sea de aplicación a libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta está definida

en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros estados cuando así se prevea en los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

b) Haber cumplido dieciocho años de edad y no exceder de los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión de una titulación de FP de 2º grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Discapacidades.

3.1. Para la realización de las pruebas selectivas el tribunal calificador de las mismas establecerá, para las personas con minusvalías que lo hubiesen demandado en la solicitud de admisión, las adaptaciones posibles de tiempos y medios.

3.2. Si en el desarrollo del proceso selectivo se plantearan dudas al tribunal respecto a la capacidad de los aspirantes con alguna discapacidad para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los trabajadores de la categoría de técnico especialista de informática, podrá solicitar el correspondiente dictamen del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

4. Listas de admitidos y excluidos.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de veinte días naturales, el rector de la universidad dictará resolución, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia, declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios del rectorado de la universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir de la publicación de la referida resolución, para corregir el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido el citado plazo, el rector dictará resolución declarando aprobada la

lista definitiva de admitidos y excluidos, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia, contra la que los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.

4.2. El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 9.1 de esta convocatoria.

5. Sistema selectivo.

5.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

5.2. El programa de las pruebas de la fase de oposición es el que figura como anexo II.

6. Tribunal calificador.

6.1. El tribunal calificador es el que figura como anexo III de la presente convocatoria.

6.2. El tribunal en su constitución, composición y funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de personal de administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).

6.3. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en el número que estime necesario.

6.4. El tribunal tendrá la categoría tercera de las recogidas en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo (DOG del 1 de junio).

7. Calendario de las pruebas.

7.1. El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios será hecho público en la resolución que apruebe las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos.

7.2. La duración máxima de las pruebas selectivas será de un año desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

7.3. La orden de actuación de los aspirantes será la que determine la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realice la prueba.

8. Aspirantes de nacionalidad extrajera.

8.1. Con carácter previo a la realización de los ejercicios de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de un prueba, en la que se comprobará que posean un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

8.2. El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el Real decreto 826/1988, de 20 de julio (BOE del 29), por lo que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera. La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para pasar a realiar los ejercicios de la fase de oposición. Quedan eximidos de realizar esta prueba los aspirantes que acrediten mediante fotocopia compulsada estar en posesión del diploma superior de español como lengua extranjera establecido por el Real decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Real decreto 1/1992, de 10 de enero, y del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas. De no aportar esta documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo, en consecuencia, realizar la prueba descrita en el párrafo anterior.

9. Lista de aprobados.

9.1. El tribunal hará pública la valoración de los méritos de la fase de concurso una vez realizado el último ejercicio de la fase de oposición.

9.2. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública en el Rectorado de A Coruña, en el Vicerrectorado del campus de Ferrol, y en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en aquellos otros que estime oportuno, la puntuación obtenida por los aspirantes en el mismo, así como, en su caso, la de cada una de las pruebas que lo compongan.

Posteriormente, el tribunal hará pública, en esos mismos lugares, la relación de los aspirantes que superaron las pruebas selectivas, constituida por aquellos opositores que, en número no superior al de las plazas convocadas y habiendo alcanzado la puntuación mínima exigida para superar los ejercicios de la fase de oposición, obtuvieran la mayor puntuación final calculada de acuerdo con el sistema previsto en el anexo I, y con indicación expresa de la obtenida por cada uno de ellos. Esta lista será confeccionada según el orden de puntuación final alcanzada por cada aspirante y en ningún caso podrá contener un número de candidatos superior al de las plazas convocadas. Los opositores que no se encuentren incluidos en esta relación tendrán la consideración de no haber aprobado las pruebas selectivas, único extremo acerca del que el tribunal podrá certificar.

9.3. El tribunal remitirá al rector la relación definitiva de los aspirantes aprobados por el orden de esta puntuación final, con propuesta de que se formalicen con ellos los correspondientes contratos de trabajo.

10. Presentación de documentos y formalización de los contratos.

10.1. En el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas, éstos deberán presentar en el Servicio de Personal de la

Universidad de A Coruña (calle de la Maestranza, s/n) los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI o documento acreditativo equivalente de ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea.

b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes de nacionalidad no española deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

10.2. Cumplimentados debidamente por los aspirantes que superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de documentos, serán contratados como técnicos especialistas de informática de la Universidad de A Coruña.

10.3. La adjudicación de puestos de trabajo se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden de puntuación obtenida en el proceso selectivo dentro de cada apartado.

10.4. El período de prueba será de seis meses, durante el que el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso. Este período de prueba no será aplicable a los aspirantes que con anterioridad hayan desempeñado funciones de técnicos especialistas de informática en la Universidad de A Coruña.

Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo dispuesto en el Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de personal de Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14) y a los estatutos de esta universidad, aprobados por decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre), modificados por el Decreto 245/1998, de 30 julio (DOG del 28 de agosto), el convenio colectivo aplicable a el personal laboral de la Universidad de A Coruña, la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (BOE del 24), sobre acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea, y a las bases de esta convocatoria.

Tercero.-La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ellas

podrán ser impugnados ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, (BOE del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra los actos del tribunal calificador de las pruebas ante el rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos en el artículo 114 y concordantes de la mencionada ley.

A Coruña, 9 de diciembre 1999.

José Luis Meilán Gil

Rector de la Universidad de A Coruña

ANEXO I

TÉCNICOS ESPECIALISTAS DE INFORMÁTICA

Procedimiento de selección.

Fase de oposición.

A) Ejercicios.

La fase de oposición consistirá en la realización de tres ejercicios, todos ellos obligatorios.

Primer ejercicio: consistirá en contestar un cuestionario de, al menos, 60 preguntas con respuestas múltiples, entre las que sólo una será correcta, basado en el contenido que para este ejercicio se fija en el programa que figura en la parte general (módulos I y II).

Los aspirantes tendrán un plazo de al menos setenta y cinco minutos para la realización del ejercicio y su valoración será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 2,5 puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: consistirá en la realización de dos supuestos prácticos específicos, elegidos de entre seis propuestos por el tribunal relacionados con la parte específica del programa (módulo III).

Los aspirantes tendrán un plazo de al menos dos horas para resolver los supuestos.

La calificación del ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para tener acceso al siguiente ejercicio.

Tercer ejercicio: consistirá en la traducción, sin diccionario, de dos textos propuestos por el tribunal, uno del gallego al español y otro del español al gallego y su valoración será de 0 a 10 puntos. Este ejercicio no tendrá carácter eliminatorio.

B) Valoración de la fase de oposición.

La calificación final de la fase de oposición se obtendrá de la siguiente forma:

(0,3 x nota 1º Ejerc. + 0,6 x nota 2º Ejerc. + 0,1 x nota 3º Ejerc.) x 6

Por lo que tendrá un valor máximo de 60 puntos.

Fase de concurso.

En esta fase se valoran, hasta un máximo de 40 puntos, los siguientes méritos:

a) Los servicios prestados en la Universidad de A Coruña como personal contratado laboral no permanente en la categoría de técnico especialista de informática, a razón de 0,45 puntos por cada mes completo o fracción, hasta un máximo de 30 puntos.

b) Cursos impartidos por organismos públicos o empresas de prestigio reconocido relacionados con temas del programa específico, hasta un máximo de 10 puntos.

-Cursos de más de veinte horas: 2 puntos.

-Cursos entre diez y veinte horas: 1 punto.

Sistema de puntuación.

La calificación final de las pruebas, que como máximo será de 100 puntos, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso de empate dentro de cada apartado, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, si esto no fuera suficiente a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, si esto no fuera suficiente en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimiría por el orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el citado orden por la letra a la que se refiere la base 7.3 de la presente convocatoria.

ANEXO II

Programa de las pruebas.

Módulo I. Legislación universitaria e informática.

1. La Universidad de A Coruña. Estructura. Órganos de Gobierno.

Centros, departamentos, institutos, servicios. Rector, vicerrectores, secretario general, gerente, decanos, directores, otros órganos unipersonales. Órganos colegiados: consejo social, claustro, junta de gobierno, juntas de centro, consejos de departamento e institutos.

2. El personal docente e investigador en la Universidad de A Coruña.

Clases y régimen jurídico del profesorado universitario.

3. El personal de administración y servicios en la Universidad de ACoruña.

Clases y régimen jurídico del personal de administración y servicios.

4. El estudio y la investigación en la Universidad de A Coruña.

Estudios de 1º y 2º ciclo. Estudios de doctorado y posgrado. La organización de la investigación. Contratos, convenios y cursos de especialización.

5. Informática y legislación.

Derecho a la intimidad. Ley orgánica de regulación del tratamiento automatizado de datos (LORTAD). Disposiciones, principios y derechos. La agencia de protección de datos. La protección jurídica del software.

Módulo II. Fundamentos de informática.

1. Concepto de informática.

Sistema informático. Equipo informático. Programas.

2. Principio de funcionamiento de los ordenadores.

Antecedentes históricos. Generaciones.

3. Arquitectura de ordenadores.

Elementos principales. Unidad central de proceso.

4. Concepto de memoria y de sus distintas clases.

Características y función de la memoria principal de un ordenador.

5. Principales unidades de entrada y salida de datos.

Periféricos. Principales unidades de almacenamiento de datos.

6. Sistemas operativos.

Concepto, estructura y clasificación. Multiprogramación y multiproceso. Proceso en tiempo real, por lotes, secuencia, compartido. Gestión de memoria: paginación, segmentación, memoria virtual.

7. Los sistemas operativos UNIX, WINDOWS, DOS.

Principales características.

8. Sistemas gestores de bases de datos.

Evolución histórica. El modelo relacional.

9. Concepto de transmisión de datos.

Tipos de redes. Clasificación por topología.

Módulo III.

1. Lenguaje SQL.

Lenguaje SQL estándar Ansi.

2. Tipología de sistemas.

Tipologías de sistemas. Clientes- servidores. Compartir recursos.

3. Instalación y mantenimiento de SO:

Windows NT, Windows 9x, Unix (en sus distintas versiones Linux, Ultrix, Irix, Solaris, HP-UX, etc.) y Netware.

4. Seguridad.

Seguridad del sistema. Copias de seguridad: sistemas de Backup. Seguridad física.

5. Redes

Instalación y administración de redes microinformáticas: servidores, periferia,Windows NT, Netware.

6. Protocolos de red

Protocolos de red: TCP/IP: historia, fundamentos, configuración. Subdireccionamiento.

7. Sistemas abiertos.

Aplicaciones Internet: generalidades.

8. Sistemas de correo electrónico.

Sistemas de correo electrónico sobre cualquier plataforma: UNIX, Windows NT, Netware.

9. Sistemas de información.

Sistemas de información: conceptos, capas de funcionamiento. Netscape, Internet Explorer.

10. Hardware.

Hardware: conceptos, instalación y mantenimiento. Discos. Procesadores, placas, memorias, impresoras, tarjetas de comunicaciones, modem, CD's.

11. Ofimática.

Ofimática: instalación y configuración. Integración de aplicaciones. Soporte al usuario.

12. Instalación y mantenimiento de aplicaciones

Instalación de aplicaciones en entorno Windows NT/95/98 en servidor y clientes. Autocad.

13. World Wide Web.

Creación páginas Web, lenguaje HTML.

ANEXO III

Tribunal calificador

Titulares.

Presidente: José Luis Meilán Gil, rector de la Universidad de A Coruña.

Vocales:

Jesús Cardenal Carro, profesor titular de universidad. Universidad de A Coruña.

Rafael García Vázquez, director del Aula de Formación Informática.

Manuel Romero Beade, representante de los trabajadores.

Salvador Peña Díaz, representante de los trabajadores.

Suplentes.

Presidente: Rosa Mª Fernández Esteller, vicerrectora de Ordenación y Planificación Académica de la Universidad de A Coruña.

Vocales:

Bernardino Arcay Varela, profesor titular de universidad. Universidad de A Coruña.

Juan Ares Casal, profesor titular de universidad. Universidad de A Coruña.

Mª José Grueiro Maroño, representante de los trabajadores.

Rogelio Lage Vázquez, representante de los trabajadores.