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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Viernes, 14 de enero de 2000 Pág. 521

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

ORDEN de 29 de diciembre de 1999 por la que se convoca el programa Ven a la Ruta Marítima Jacobea para el año 2000.

La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo viene desarrollando estos últimos años una serie de acciones tendentes al acercamiento de la población al Camino de Santiago, destacando por su singularidad la convocatoria del programa Ven a la Ruta Marítima Jacobea.

Dicho programa, que nació con el objetivo de dar a conocer la realidad de las diversas rutas jacobeas, su entorno, valores y sensibilidades, se proyecta sobre la conocida como Ruta Marítima del Apóstol o del Mar de Arousa y Ulla, que prestó sus tranquilas y luminosas aguas a la traslatio del cuerpo del Apóstol hasta Padrón, tal y como se describe en el Codex Calixtinus.

Con este programa se persigue promover el interés por el camino, y en especial por dicha ruta, entre los jóvenes y las instituciones encaminadas a su formación y a la organización de actividades de ocio y tiempo libre.

El objetivo señalado se ha venido cumpliendo sobradamente en años anteriores y, ante el elevado número de interesados en participar en el referido programa, se ha considerado necesario convocar una nueva edición del mismo.

Por todo lo expuesto y a través de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago en el uso de sus competencias conferidas por el Decreto 8/1998, de 8 de enero, que regula el desarrollo de la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo y de las facultades que me confieren los artículos 34 y 38 de la Ley 1/1983, reguladora de la Xunta y de su presidente,

DISPONGO:

Artículo 1º

La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo convoca el programa Ven a la Ruta Marítima Jacobea, dirigido a los sectores más jóvenes de nuestra población de conformidad con las bases que figuran en el anexo I de la presente orden.

El programa Ven a la Ruta Marítima Jacobea ofrece un viaje con salida de Vilagarcía de Arousa, remontando el Ulla hasta Pontecesures o Padrón, y un itinerario terrestre por los lugares emblemáticos de esta zona señalados en la base primera del anexo de la presente disposición.

Artículo 2º

1. Este programa es excluyente respecto de cualquier otro u otros programas que la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo pueda convocar para el año 2000 bajo la denominación «Ven a ...» con el objetivo de promocionar otras rutas jacobeas, lo que significa que la opción por este programa, o por otro de los comprendidos bajo la anterior denominación excluirá de cualquier otra de las indicadas convocatorias a la entidad o agrupación solicitante.

Asimismo, cualquiera que sea la opción finalmente elegida, cada entidad solicitante deberá remitir única y exclusivamente una instancia y para un solo grupo, de acuerdo con el modelo de solicitud que figura en el anexo II.

2. El desarrollo del programa se hará de acuerdo con lo dispuesto en las bases que figuran en el anexo I de la presente orden.

Artículo 3º

1. El importe total del crédito destinado para esta convocatoria es de un millón de pesetas (1.000.000 de ptas.).

2. El libramiento de los gastos originados por este programa se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 10.01.353-D. 640.0, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2000, teniendo en cuenta que, en todo caso, el gasto proyectado se sujetará a la existencia de crédito adecuado y suficiente para tal fin en dichos presupuestos generales y a lo dispuesto en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda, de 11 de febrero de 1998.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 1999.

Jesús Pérez Varela

Conselleiro de Cultura, Comunicación Social

y Turismo

ANEXO I

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA VEN A LA RUTA

MARÍTIMA JACOBEA

Primera.-El recorrido constará de dos fases:

a) El remonte fluvial del Ulla entre Vilagarcía de Arousa y Padrón.

b) Un itinerario en autobús por el área de esta zona. En este segundo itinerario, el grupo contará con el apoyo de un informador cultural que ofertará un recorrido único, pero adaptable a las necesidades del grupo y con dos bloques temáticos:

-Lugares de interés jacobeo: iglesia de Santiago de Padrón, con el Pedrón, puente del Sar y fuente del Carmen, subida al Santiaguiño do Monte y visita a la Colegiata de Iria. Este itinerario puede ser complementado con otras visitas: puente de Pontecesures e iglesia de San Xulián de Requeixo, paseo del Espolón, convento del Carmen y casco antiguo de Padrón.

-Lugares de interés cultural: parque del Trovador Macías, casa-museo de Rosalía, Fundación Camilo José Cela, museo de Arte Sacro (Casa de los Canónigos) y santuario de A Escravitude.

Segunda.-Podrán acogerse a este programa todas las instituciones y organismos tradicionalmente vinculados a actividades con jóvenes: centros de enseñanza, clubs juveniles, catequesis parroquiales, escuelas de tiempo libre, corales y rondallas juveniles, etc.

Se dará preferencia, en todo caso, a los grupos integrados por jóvenes de edades comprendidas entre ocho y treinta años.

Tercera.-La Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, a través de la Gerencia de Promoción

del Camino de Santiago y en el desarrollo de este programa, pondrá a disposición de los participantes:

-Billete gratuito para poder realizar el viaje consistente en remontar el río Ulla desde Vilagarcía de Arousa hasta Pontecesures o Padrón.

-Un informador cultural del área de Padrón especializado en la zona.

-La cantidad de 25.000 ptas. a cada institución u organismo solicitante, en concepto de ayuda para los gastos de transporte.

La atención y cuidado del grupo, así como su traslado y manutención, serán responsabilidad de la institución u organismo participante, responsable también del comportamiento del grupo. La ausencia de un comportamiento mínimamente adecuado, cuya valoración corresponderá a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, podría ser motivo de la anulación de la subvención y, en su caso, de la exclusión de la entidad en posteriores convocatorias, sin perjuicio de que puedan igualmente exigirse las responsabilidades procedentes.

Cuarta.-El número de participantes por cada grupo será de 40, incluyendo en este número los adultos acompañantes, que no excederán de 5.

Los grupos participantes no excederán de 40, y serán seleccionados por orden de recepción de solicitud, siempre que cumplan los requisitos que figuran en las bases.

Quinta.-Cada agrupación llevará carteles promocionales del programa, facilitados por la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, que deberán ser expuestos en el vehículo de transporte de cada grupo.

Sexta.-Cada entidad o agrupación interesada enviará sus solicitudes en el modelo oficial que figura al final de esta orden, a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, edificio administrativo San Caetano, bloque 3, 15771-Santiago de Compostela. También podrá presentar la misma en las dependencias de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo. Todo esto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En consecuencia, no serán admitidas las solicitudes enviadas por fax, teléfono, o cualquier otro de los medios que no figuren en el artículo citado.

Séptima.-En las solicitudes se incluirán los datos identificadores del grupo: colegio o institución, número de participantes y edades en que están comprendidos, persona o personas responsables, teléfono y fax de contacto y horario de localización y fechas preferentes para el viaje.

Se recomienda poner varias fechas por orden de preferencia, sin que esta elección suponga derecho alguno a favor del solicitante, puesto que dichas fechas serán simplemente orientativas para el órgano de tramitación.

La fecha finalmente adjudicada y comunicada a la entidad solicitante no podrá ser modificada, de forma que la imposibilidad de realizar el viaje en la fecha prevista supondrá la renuncia al mismo, salvo supuestos de fuerza mayor y en la medida que las disponibilidades lo permitan.

Octava.-La presentación de las solicitudes se hará en el plazo de 30 días hábiles desde la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Su tramitación se llevara a cabo por los servicios técnicos de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Novena.-El plazo máximo de resolución previsto en este procedimiento será de seis meses a contar desde el día siguiente al último día para la presentación de las solicitudes. No obstante lo anterior, en el supuesto de que no hubiese recaído resolución expresa dentro del plazo máximo previsto, el sentido del silencio será negativo.

La resolución, que le corresponderá al conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo, se le notificará a los interesados según lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contra dicha resolución, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o bien presentar directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Décima.-Los viajes se celebrarán entre los días 1 y 14 de abril y 1 y 15 de mayo, ambos inclusive.

Cada grupo solicitante estará obligado a confirmar su asistencia o su renuncia con, al menos, 7 días de antelación, a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago por escrito o mediante fax.

Los billetes para el viaje podrán recogerse en las dependencias de la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago.

Undécima.-Para que se pueda tramitar el pago y como condición inexcusable para el cobro de la subvención, una vez realizado el viaje, se deberá enviar a la Gerencia de Promoción del Camino de Santiago, en el plazo máximo de 20 días naturales desde la realización del viaje, la siguiente documentación completa:

-Factura original expedida por la empresa transportista a la entidad beneficiaria que justifique de modo expreso y desglosado los gastos del transporte.

-Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.

-Certificación bancaria original y actualizada, acreditativa de la titularidad de la cuenta donde desea recibir la transferencia del beneficiario.

-Parte firmado por el informador cultural y por la persona responsable del grupo, para justificar la realización del viaje.

Si no tuviera lugar la entrega de la totalidad de la referida documentación en el plazo anteriormente establecido, se procederá a la anulación de la subvención.

Duodécima.-La Gerencia de Promoción del Camino de Santiago resolverá cualquier duda que pueda surgir de las bases que regulan este programa, sin que en ningún caso pueda haber contradicción con lo dispuesto en éstas.