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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 5 Lunes, 10 de enero de 2000 Pág. 309

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 29 de noviembre de 1999 por la que se aprueba el cambio de dominio mortis-causa de la batea V.O.O. II.

Visto el expediente incoado por Carmen Viana Gómez, en el que solicita el cambio de dominio mortis-causa del vivero flotante de cultivo de mejillón denominado V.O.O II, otorgado por la orden ministerial de 1-8-1969, situado en la cuadrícula nº 255, del polígono C de Cambados, finalizando la concesión el 30-8-2009 y del que eran titulares Carmen Viana Gómez y Manuel Oubiña Otero.

Teniendo en cuenta lo informado por el Servicio Técnico-Jurídico y de conformidad con lo señalado en el artículo 59.3º de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia y 10.1º del Decreto 406/1996, y considerando que al expediente figuran unidos el certificado de defunción, la certificación del Registro de últimas voluntades, la declaración notarial de herederos abintestato de Manuel Oubiña Otero, la relación de bienes y la documentación acreditativa del pago o de la presentación al pago del impuesto de sucesiones y donaciones, esta consellería tuvo a bien acceder a lo solicitado, declarando titulares de la concesión administrativa y del vivero del que se trata, en las mismas condiciones que las expresamente consignadas en la orden ministerial de otorgamiento, a favor de Carmen Viana Gómez (35.372.531); Mª Carmen Oubiña Viana (35.433.475); José Manuel Oubiña Viana (35.456.852); José Mª Oubiña Viana (35.463.878); Mª Socorro Oubiña Viana (35.442.993) y Juan-Carlos Oubiña Viana

(35.462.757).

Los nuevos titulares se subrogan en el plazo, derechos y obligaciones de los anteriores, así como quedan obligados a observar las disposiciones en vigor sobre este particular.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo que se interpondrá en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 29 de noviembre de 1999.

P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)

Rosa Mª Quintana Carballo

Delegada territorial de Vigo