El 20 de marzo de 1997 el Juzgado número uno de Ferrol dictó un auto en el que declaró a la Comunidad Autónoma de Galicia heredera legal de José Dopico Cabarcos.
La Comunidad Autónoma gallega tomó posesión de los bienes hereditarios conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1º del Decreto 94/1999, de 25 de marzo, que regula la sucesión intestada a favor de la Comunidad Autónoma.
Según el artículo 153.2º de la Ley 4/1995, de 24 de mayo, de derecho civil de Galicia, dichos bienes serán destinados a establecimientos de asistencia social o a instituciones de cultura, preferentemente radicados en la residencia habitual de la persona fallecida y, en todo caso, en territorio gallego.
En consecuencia, se hace público el siguiente anuncio:
«En ejercicio de las competencias atribuidas a la Secretaría General y del Patrimonio en los artículos 7 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 4.1º b) del Decreto 13/1997, de 23 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía y Hacienda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del citado Decreto 94/1999, se abre el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que los posibles beneficiarios de los bienes de la sucesión intestada de José Dopico Cabarcos, fallecido el 23 de marzo de 1996 con vecindad en el ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez (A Coruña), formulen alegaciones ante la Consellería de Economía y Hacienda».
El expediente podrá examinarse en la Subdirección General del Patrimonio, con domicilio en Área Central, local nº 7N-1ª planta (Santiago de Compostela), de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas.
Santiago de Compostela, 10 de diciembre de 1999.
Emilio Álvarez Rey
Secretario general y del Patrimonio de la Consellería de Economía y Hacienda