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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 252 Viernes, 31 de diciembre de 1999 Pág. 15.429

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 1999, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifican las propuestas de resolución de los expedientes sancionadores P-24/1999 y dos más (pesca-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan las propuestas de resolución, dictadas por la instructora en los expedientes que por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia, se están tramitando en esta delegación.

A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, los denunciados, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar las alegaciones que se consideren convenientes.

Pontevedra, 24 de noviembre de 1999.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: P-24/1999.

Denunciado: Luciano Gómez Abal.

Domicilio: Fornos nº 5, Caldas de Reis.

DNI: 35.466.626.

Hechos denunciados: pescar en época de veda, capturando un total de 22 truchas de las cuales 6 no alcanzaban la talla mínima autorizada. Hechos denunciados a las 20.20 horas del día 1 de marzo de 1999 en el río Umia, lugar A Laxe-San Martiño de Laxe del ayuntamiento de Moraña.

Fecha del acuerdo de la incoación: 26-4-1999.

Alegaciones a la incoación: no presenta escrito en su descargo.

Fecha de la propuesta de resolución: 4-11-1999.

Precepto infringido: 34.8º y 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 34 y 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 55.000 ptas.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca, y para el ejercicio de esta actividad durante un año, debiendo entregar en su caso, la licencia de pesca en el Servicio Provincial de MAN en el plazo de un mes contado desde el momento en que la sanción sea firme.

Indemnización: 8.000 ptas.

Expediente: P-91/1999.

Denunciado: José Luis Pascual Montes.

Domicilio: Regoufe-Luou-Teo (A Coruña).

DNI: 35.286.278.

Hechos denunciados: tenencia de una trucha de medida inferior a la permitida (15 cm) devolviéndola al

río. Hechos denunciados a las 20.10 horas del día 16 de mayo de 1999 en el río Ulla, lugar de Pontevea, del ayuntamiento de Teo.

Fecha del acuerdo de la incoación: 29-6-1999.

Alegaciones a la incoación: no presenta escrito en su descargo.

Fecha de la propuesta de resolución: 16-9-1999.

Precepto infringido: 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 5.000 ptas.

Indemnización: 1.000 ptas.

Expediente: P-128/1999.

Denunciado: Emilio Gabián Domínguez.

Domicilio: Julián Estévez, 14-5º D, Vigo.

DNI: 50.935.593.

Hechos denunciados: pescar 5 truchas (una de 10 cm; 3 de 16 cm y 1 de 13 cm) que no alcanzan las medidas reglamentarias. Hechos denunciados a las 18.20 horas del día 4 de junio de 1999, en el río Pardellas a su paso por San Salvador de Prado, del ayuntamiento de Covelo.

Fecha del acuerdo de la incoación: 18-8-1999.

Alegaciones a la incoación: presenta escrito en su descargo en la fecha 21-9-1999.

Fecha de la propuesta de resolución: 13-10-1999.

Precepto infringido: 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 5.000 ptas.

Indemnización: 5.000 ptas.