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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 251 Jueves, 30 de diciembre de 1999 Pág. 15.307

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

SERVICIO GALLEGO DE SALUD

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 1999, de la División de Recursos Humanos, por la que se convocan las pruebas de aptitud para la habilitación profesional de protésicos dentales y la habilitación profesional de higienistas dentales.

La orden de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de 16 de noviembre de 1998 por la que se regula el procedimiento y el plazo para solicitar el certificado de habilitación profesional como protésico dental y higienista dental (Diario Oficial de Galicia nº 238, del 10 de diciembre) -por la que se da cumplimiento a la orden del Ministerio de la Presidencia de 14 de mayo de 1997 por la que se desarrolla la disposición transitoria primera del Real decreto 1594/1994, de 15 de julio, en relación con las profesiones de protésico dental y de higienista dental-, faculta en su disposición adicional segunda a esta división para, dentro de su ámbito territorial, efectuar y resolver la convocatoria de las pruebas para la habilitación profesional de protésicos dentales y para la habilitación profesional de higienistas dentales.

Por todo ello y en cumplimiento de la citada orden,

RESUELVO:

Primero.-Convocar las pruebas de aptitud para la habilitación profesional de protésicos e higienistas dentales correspondientes a 1999.

Segundo.-Podrán tomar parte en la prueba de aptitud para la profesión correspondiente aquellos profesionales que acrediten haber ejercido la profesión correspondiente en un período anterior al día 9 de septiembre de 1994 que no llegue a cinco años.

A estos efectos los interesados deberán dirigir su solicitud a la División de Recursos Humanos del Sergas, ajustada al modelo que se inserta como anexo I a la presente resolución, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, y podrán presentarse en el registro de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, en el de sus delegaciones provinciales, y por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Para la acreditación del cumplimiento de los servicios profesionales anteriormente citados, la solicitud deberá ir acompañada -a no ser que la totalidad de la documentación que se solicita a continuación conste ya en esta División de Recursos Humanos por ser presentada con ocasión de la publicación de la orden de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales de 16 de noviembre de 1998- de la siguiente documentación:

Boletines de cotización a la Seguridad Social o de certificación de dichas cotizaciones expedida por la correspondiente entidad gestora, así como de cualquier otra documentación debidamente compulsada que acredite el tiempo de ejercicio profesional y la fecha de su inicio.

En el caso de los higienistas dentales, se acompañará certificación de las funciones desempeñadas expedidas por el odontólogo o estomatólogo correspondiente. Cuando el ejercicio profesional se hubiera desarrollado en centro sanitario de titularidad pública, en dicha certificación deberá figurar el visado del gerente o director del centro. Si el ejercicio se hubiera desarrollado en clínica dental privada, la certificación deberá ser visada por el correspondiente colegio de odontólogos o estomatólogos.

Tercero.-La superación de esta prueba habilitará para el ejercicio profesional en iguales términos que lo establecido en el Real decreto 1594/1994.

Cuarto.-La prueba estará dirigida a evaluar la competencia profesional de los interesados en los distintos módulos que se prevén en el currículo formativo establecido en los reales decretos 541/1995 y 553/1995, se articulará en un examen de contenido eminentemente práctico, compuesto por una prueba tipo test y en la realización de un trabajo de laboratorio. De acuerdo a la legislación vigente, la calificación global de la prueba será apto o no apto; para ser declarado apto los candidatos han de superar cada una de las partes en que se organiza la prueba, es decir, tanto la parte teórica como la parte práctica. Teniendo en cuenta que la calificación mínima para obtener apto es de 5 puntos y dado que la parte teórica tiene un peso relativo del 30%, como mínimo debe obtenerse una calificación con una puntuación de un 1,5, y la parte práctica que tiene un peso relativo del 70%, como mínimo debe obtenerse una calificación con una puntuación de un 3,5. En caso de que no se llegue a esa

puntuación el resultado será no apto.

Quinto.-La prueba teórica para los protésicos dentales se organizará en un examen de respuestas múltiples (test), de 80 preguntas con 4 respuestas cada una, con una duración de 3 horas. Sólo existirá una respuesta válida, penalizándose las respuestas incorrectas con la puntuación negativa que resulte de aplicar un 25% de la puntuación asignada a la respuesta correcta.

Las preguntas versarán sobre los siguientes bloques de conocimiento:

a) Características y usos de los materiales dentales.

b) Características y usos de la maquinaria específica.

c) Higiene y seguridad en el trabajo.

d) Garantía de calidad de los productos.

El trabajo de laboratorio tendrá una duración de una jornada y media de trabajo, debiendo los interesados aportar el instrumental y equipamiento necesario para su realización.

El contenido del mismo consistirá para cada interesado en la realización de tres trabajos (dos a determinar por sorteo entre los siguientes):

a) Prótesis completa: equilibrado, montaje y encerado.

b) Prótesis fija de cuatro elementos. Modelado y encerado.

c) Prótesis parcial removible metálica. Modelado y encerado.

Uno a elegir por el interesado entre los siguientes:

a) Ortodoncia: diseño y realización de un aparato removible.

b) Implantología: diseño y encerado de una barra de implantes.

La determinación del contenido concreto y evaluación de la prueba debe realizarse por un tribunal nombrado por la División de Recursos Humanos y en el que debe estar presente un protésico dental en representación de las asociaciones profesionales.

Sexto.-La prueba teórica para los higienistas dentales se organizará en un examen de respuestas múltiples (test), de 80 preguntas con 4 respuestas cada una, con una duración de 3 horas. Sólo existirá una respuesta válida, penalizándose las respuestas incorrectas con la puntuación negativa que resulte de aplicar un 25% de la puntuación asignada a la respuesta correcta.

Las preguntas versarán sobre los siguientes bloques de conocimiento:

a) Patología general.

b) Patología bucodental.

c) Biología bucodental.

d) Prevención bucodental.

El ejercicio de práctica profesional tendrá la duración de una hora y consistirá en la realización por cada interesado de cuatro actos profesionales, determinados por el tribunal entre las funciones relacionadas en el artículo 11 del Real decreto 1594/1994.

La determinación del contenido concreto y evaluación de la prueba debe realizarse por un tribunal nombrado por la División de Recursos Humanos y en el que debe estar presente un odontólogo o estomatólogo en representación de las asociaciones profesionales.

Séptimo.-Los miembros de los tribunales, la fecha y el lugar de celebración de las pruebas de aptitud se harán públicas mediante anuncio publicado en el Diario Oficial de Galicia.

Octavo.-Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales, en el plazo de un mes, contado a partir del día de la publicación de la presente en el Diario Oficial de Galicia, conforme a lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santiago de Compostela, 21 de diciembre de 1999.

Valeriano Martínez García

Director general de la División

de Recursos Humanos

ANEXO I

Solicitud de participación en las pruebas de aptitud para la habilitación profesional de protésicos e higienistas dentales.

Apellidos.... nombre..... DNI nº..... domicilio..... DP..... municipio.... teléfono.

Expone:

Que, habiéndose convocado por Resolución de 21 de diciembre de 1999, de director general de la División de Recursos Humanos del Sergas (Diario Oficial de Galicia nº.... del.... de.... de 19...) las pruebas de aptitud para la habilitación profesional de protésicos dentales e higienistas dentales, de conformidad con lo dispuesto en su apartado segundo.

Solicita:

Ser admitido para tomar parte en la prueba de aptitud para la habilitación profesional de:

qProtésico dentalqHigienista dental

Que para la acreditación de los requisitos exigidos se aporta la siguiente documentación:

-Boletines de cotización a la Seguridad Social.

-Certificación de cotizaciones expedida por la entidad gestora de ejercicio profesional y la fecha de su inicio.

-Cualquier otra documentación que acredite el tiempo de ejercicio profesional y la fecha de su inicio.

Sólo en el caso de los higienistas dentales:

-Certificación de las funciones desempeñadas expedida por el odontólogo o estomatólogo correspondiente, visado por el gerente o director del centro sanitario si es de titularidad pública. El visado se hará por

el correspondiente colegio profesional si es un centro de titularidad privada.

En....., .... de.... de 1999.

(Lugar, fecha y firma).

Director General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud.