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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 250 Miercoles, 29 de diciembre de 1999 Pág. 15.256

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 1999, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se ordena el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acuerdo adoptado por la Comisión Paritaria del III Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Xunta de Galicia en su reunión del 14 de diciembre de 1999 sobre la incorporación de categorías profesionales al anexo II del convenio.

En cumplimiento de los dispuesto en la normativa legal sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, Real decreto 1040/1981, artículo 2 e), para los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general se presentó el 14 de diciembre de 1999, certificación de la secretaria de la Comisión Paritaria del III Convenio Colectivo Único de la Xunta de Galicia, en la que se hace constar el acuerdo alcanzado en la reunión del 14 de diciembre de 1999 sobre la incorporación de categorías profesionales al anexo II del convenio esta Dirección General de Relaciones Laborales,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción de dicho acuerdo en el registro correspondiente de esta dirección general.

Segundo.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 1999.

José María Fernández Olea

Director general de Relaciones Laborales

ANEXO

La Comisión Paritaria del III Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Xunta de Galicia en su reunión del 14 de diciembre de 1999 acordó incorporar, como consecuencia y ratificación de lo acordado con fecha 23 de junio de 1999 entre las consellerías de Medio Ambiente y las organizaciones sindicales CC.OO y UGT sobre consolidación del empleo y posteriormente negociado por representantes de la Administración con el Comité Intercentros, al anexo II del Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Xunta de Galicia las categorías siguientes:

Grupo I categoría 37. Titulado superior ambiental.

Grupo I categoría 38. Técnico superior de defensa contra incendios forestales.

Grupo II categoría 41. Técnico ambiental.

Grupo IV categoría 37. Oficial 2ª mecánico de máquinas de defensa contra incendios forestales.

Grupo V categoría 10 F. Peón forestal.

Grupo V categoría 14 A. Peón conductor de defensa contra incendios forestales.