La entidad Agroganadera de Sarria, S.C.L., con domicilio social en San Xulián da Veiga, s/n, 27600 Sarria (Lugo), ha solicitado el reconocimiento como Agrupación de Productores Agrarios (APA) para la comercialización de leche de vaca, conforme al Real decreto 280/1988, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 18 de marzo, y a la normativa comunitaria al respecto, relativa a las agrupaciones de productores y a sus uniones.
Considerando que la citada cooperativa cumple las condiciones exigidas, y en consonancia con lo establecido en el artículo 30.I.1 y 3 del Estatuto de autonomía de Galicia, en uso de las facultades que me confiere la Ley 1/1983, de 23 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente,
ACUERDO:
Primero.-Reconocer como Agrupación de Productores Agrarios para la comercialización de leche de vaca a Agroganadera de Sarria, S.C.L., con ámbito territorial en la provincia de Lugo.
Segundo.-Comunicar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación su reconocimiento para que proceda a su inscripción en el Registro General de Agrupaciones de Productores y sus Uniones.
Santiago de Compostela, 13 de diciembre de 1999.
Cástor Gago Álvarez
Conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política
Agroalimentaria