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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Lunes, 20 de diciembre de 1999 Pág. 14.910

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CABANA DE BERGANTIÑOS

ANUNCIO de la aprobación definitiva del Plan General Municipal de Ordenación del Ayuntamiento de Cabana de Bergantiños.

El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria y urgente, celebrada el día 9 de junio de 1999, acordó prestar aprobación definitiva por mayoría absoluta del número legal de sus miembros al Plan General Municipal de Ordenación.

Lo que se hace público para su ejecutividad, cumpliendo así con lo dispuesto en el artículo 48.2º de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia, señalando que contra este acto administrativo, que es definitivo en la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 7/1995, de 29 de junio, de delegación y distribución de competencias en materia de urbanismo, podrá interponerse el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas, en su redacción de la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10.1º

a) y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Si se opta por la interposición del recurso potestativo de reposición, éste deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes, según establece el artículo 117.2º de la referida Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, entendiéndose desestimado por el transcurso del mencionado plazo sin resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2º de la Ley 30/1992, pudiéndo a partir de ese

momento interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquél en el que se deba entender presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto, conforme preceptúan los artículos 46.1º y 4º de la Ley 29/1998.

No obstante lo anterior, podrán los interesados interponer cualquier otro recurso que estimen por conveniente.

Cabana de Bergantiños, 10 de noviembre de 1999.

Xosé Ramón Lema Mira

Alcalde-presidente en funciones