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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Miercoles, 15 de diciembre de 1999 Pág. 14.712

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 1999, de la Delegación Provincial de Ourense, de notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador en materia de aparatos elevadores OU-AE-29/1999.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, le notifico al interesado que en el anexo se menciona que, con esta fecha he resuelto publicar el acuerdo de inicación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria y del Reglamento de aparatos elevadores (O.M. de 30 de junio de 1996), por no ser posible su notificación.

A partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo en virtud de lo dispuesto en el artículo 24.3º del R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, reglamento para el ejercicio de la potestad sanciondora dispone de un plazo de 15 días para presentar las alegaciones que considere convenientes, y en caso de no presentarlas según el artículo 13.2º de dicho reglamento 1398/1993, el inicio podrá considerarse propuesta de resolución.

Los interesados podrán informarse del estado de tramitación de este expediente dirigiéndose a la Delegación provincial de Industria e Comercio de Ourense, con domicilio en c/Curros Enríquez, nº 1-4º.

Ourense, 21 de octubre de 1999.

Alfredo Cacharro Pardo

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: OU-AE-29/1999.

Denunciado: Comunidad de Propietarios del edificio sito en Avda. Habana 34.

Último domicilio conocido: Avda. Habana, 34-Ourense.

Hecho probado: no tiene cerradura la puerta de la sala de máquinas.

Calificación infracción: leve.

Precepto infringido: artículo 24.3º del Reglamento de aparatos elevadores (O.M. de 30-6-1966 en relación con el artículo 31.3º a) de la Lei de industria.

Precepto sancionador: artículo 34.1º a) de la Lei 21/1992.

Sanción: multa de hasta 500.000 ptas.