Finalizado el plazo fijado por la resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 30 de junio de 1999 (DOG nº 129, del 7 de julio), de presentación de solicitudes para la elaboración de las listas para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral en las relaciones de puestos de trabajo, reguladas por el Decreto 89/1997, de 10 de abril, por lo que se modifica el Decreto 252/1992, de 30 de julio, y a la vista de las instancias presentadas por los solicitantes relacionados en el anexo a esta resolución, y una vez elaborados por la Comisión Permanente de Selección las listas provisionales en su sesión del día 1 de diciembre de 1999, la Dirección General de la Función Pública
RESUELVE:
Primero.-Hacer públicas las relaciones de los solicitantes excluidos para la cobertura, con carácter tem
poral, de puestos de trabajo reservados a personal laboral, de la forma que seguidamente se indica:
Anexo I. Figuran los solicitantes excluidos con expresión de la causa de exclusión.
Segundo.-El citado anexo se encuentra expuesto en las siguientes dependencias:
-Dirección General de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.
-Servicio de Información y Atención al Ciudadano de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.
-Delegaciones provinciales de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.
-Oficinas comarcales de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.
Tercero.-Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación en el Diario Oficial de Galicia para la subsanación de errores y, en su caso, formular las oportunas alegaciones, que irán dirigidas a la correspondiente Comisión Permanente de Selección de Personal Laboral (Dirección General de la Función Pública, Consellería de la Presidencia y Administración Pública, edificios administrativos de San Caetano, s/n, Santiago de Compostela).
Una vez transcurrido el plazo citado con anterioridad, en su caso, se llevarán a efecto las subsanaciones procedentes, dándose de esto la oportuna publicidad.
Santiago de Compostela, 2 de diciembre de 1999.
Joaquín López-Rúa Soler
Director general de la Función Pública