Por medio de esta cédula, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 142 del Reglamento de VPO aprobado por el Decreto 2114/1968, de 24 de julio, se notifica al interesado, con los datos y último domicilio conocido señalados en el anexo, la propuesta de resolución de desahucio acordada por la instructora del expediente del IGVS de A Coruña por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente del beneficiario o arrendatario, causa suficiente de desahucio conforme a lo dispuesto en el artículo 30.6º del Real decreto 2960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la legis
lación de VPO, y 138.6º del Reglamento de VPO, Decreto 2114/1968, de 24 de julio.
Se concede un plazo de 15 días hábiles desde el siguiente al de la publicación de esta cédula para la contestacion ante este Servicio Provincial del IGVS de A Coruña alegando por escrito cuanto consideren conveniente para su defensa. Transcurrido dicho plazo se elevarán las actuaciones al órgano competente para su resolución.
Para que conste y les sirva de notificación a los interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula.
A Coruña, 10 de noviembre de 1999.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa de Área Provincial de A Coruña
ANEXO
Nº de expediente de desahucio: 35/99.
Adjudicatario: Dolores Maneiro Maneiro y herederos.
c/Alcalde Quintanilla, unidad vecinal 2, bloque 5, 13º A, polígono de Caranza (Ferrol) (C-2-CD/68, cuenta 439).