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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Jueves, 09 de diciembre de 1999 Pág. 14.442

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 1999 por la que se ordena la publicación del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 17 de noviembre de 1999, en el que se establece un mecanismo de seguimiento y control de la concurrencia y acumulación de las ayudas públicas en un mismo proyecto y peticionario y se autoriza a la Consellería de Economía y Hacienda para su desarrollo.

El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día 17 de noviembre de 1999, aprobó el siguiente acuerdo:

Acuerdo por el que se establece un mecanismo de seguimiento y control de la concurrencia y acumulación de las ayudas públicas en un mismo proyecto y peticionario y se autoriza a la Consellería de Economía y Hacienda para su desarrollo.

A fin de favorecer su conocimiento y aplicación, se publica como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 30 de noviembre de 1999.

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

ANEXO

De conformidad con el artículo 4.1º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, se acuerda:

En los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones públicas financiadas con recursos propios o con cargo a los Fondos Comunitarios, se aplicarán las disposiciones contenidas en la normativa autonómica reguladoras de los distintos regímenes de ayudas o subvenciones en concordancia con la normativa comunitaria y, en particular, aquéllas que hagan posible el control y seguimiento de la acumulación de ayudas o subvenciones en un mismo proyecto y peticionario.

Por su parte, los peticionarios de las ayudas presentarán, con la solicitud inicial, una declaración de conjunto de todas las solicitudes efectuadas o concedidas, para un mismo proyecto, de las distintas administraciones públicas competentes.

En los expedientes ya iniciados, como consecuencia de normas en vigor, no será exigida la declaración indicada en el apartado anterior.

Asimismo, en el momento de la justificación de la ejecución total del proyecto y en cualquier caso, antes del último pago, el peticionario presentará una declaración complementaria del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, para un mismo proyecto de las distintas administraciones públicas competentes o cualquiera de sus organismos, entes o sociedades.

La Consellería de Economía y Hacienda pondrá en marcha, en su caso, los procedimientos, normas e instrucciones que hagan posible el cumplimiento del presente acuerdo.