De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), se notifica a las personas mencionadas a continuación (que no pudieron ser notificadas en el último domicilio conocido que asimismo se indica) la resolución del expediente 15-888/1998, por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra dicha resolución cabe interponer recurso de alzada ante el presidente del Instituto Gallego de Consumo (plaza de Europa, 10-A 2º, Edif. Área Central-As Fontiñas, 15703 Santiago de Compostela), en el plazo
de un mes contado a partir del siguiente día al de la notificación; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho. Si no fuese recurrida en dicho plazo, la sanción devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario, en cualquier entidad financiera, en la cuenta 3110001136 de la Caixa Galicia (2091), Oficina de Relación con Organismos (0388) Santiago de Compostela; en otro caso se procederá sin más trámite a su exacción por vía ejecutiva, en los siguientes plazos:
a) Las deudas notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del siguiente mes o el inmediatamente hábil y posterior.
b) Las deudas notificadas entre los días 16 y el último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediatamente hábil y posterior.
Expediente: 15-888/1998.
Inculpado: Galaica Gas, S.L.
Domicilio: Hórreo 15-17 bajo, Santiago de Compostela.
Sanción y motivo: (100.000 ptas.), obstrucción a la labor inspectora.
Fecha de resolución: 5-10-1999.
A Coruña, 2 de noviembre de 1999.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial del Instituto
Gallego de Consumo