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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Jueves, 25 de noviembre de 1999 Pág. 13.921

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO CUARENTA Y CINCO DE MADRID

EDICTO (686/1998).

Margarita Hidalgo Bilbao, secretaria titular del Juzgado de Primera Instancia número cuarenta y cinco de los de Madrid, por medio del presente edicto hace saber que en este juzgado y en los autos de juicio declarativo de menor cuantía, registrados bajo el nº 686/1998, a instancias de Alicia Oliva Collar, en nombre y representación de Pastor Servicios Financieros, Entidad de Financiación de Crédito, S.A., contra Aislamientos, Construcción, Industria, S.L. sobre resolución de contrato de arrendamiento, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«En Madrid a veintiocho de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos por Luis Carlos Pelluz Robles, magistrado-juez titular, del Juzgado de Primera Instancia número cuarenta y cinco de los de Madrid, los presentes autos de declarativo de menor cuantía, registrados bajo el nº 686/1998, e instados por la procuradora de los tribunales Alicia Oliva Collar, en nombre y representación de Pastor Servicios Financieros, Entidad de Financiación de Crédito, S.A., contra Aislamientos, Construcción, Industria, S.L.

Fallo que, estimando íntegramente la demanda formulada por la procuradora de los tribunales Alicia Oliva Collar, en representación de Pastor Servicios Financieros, Entidad de Financiación de Crédito, S.A., declaro resuelto el contrato de arrendamiento, suscrito

el 21-5-1995, entre la demandante y la demandada Aislamientos, Construcción, Industria, S.L., condenando a ésta a devolver a la actora la carretilla elevadora Toyota, objeto del contrato, al pago a la actora de la cantidad de 544.975 pesetas, más los intereses pactados y las costas de este juicio.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que así conste y su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido el presente edicto, que servirá de notificación personal de sentencia al demandado, Aislamientos, Construcción, Industria, S.L., en Madrid a once de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

La secretaria

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