Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Jueves, 25 de noviembre de 1999 Pág. 13.911

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 1999, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dicta la normativa para la pesca de la lamprea en el río Tea y se fija el período y condiciones para presentar las solicitudes para participar en el sorteo de puestos de pesca, en el próximo año 2000.

De conformidad con la disposición adicional primera de la Orden de 22 de febrero de 1999, por la que

se fijan los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con ella en las augas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 1999, en la que se faculta al delegado provincial de la Consellería de Medio Ambiente en Pontevedra para dictar cuantas normas sean necesarias para la regulación de la pesca de la lamprea en el río Tea y, con el objeto de que se realice un aprovechamiento ordenado de la pesca de la lamprea en el río Tea, se establece un régimen especial para el próximo año 2000 en los tramos y con las limitaciones que a continuación se

indican a las que se deberán atener las personas autorizadas por permiso de 4ª categoría:

-Los medios a utilizar serán la estacada, fisga (1 por pescador) e luz artificial. Se entiende por estacada el puente o pasarela de madera situado en voladizo sobre el río, perpendicularmente a la dirección de la corriente y con una longitud máxima que no sobrepasará la mitad del cauce fluvial, apoyándose en un extremo en la margen del río y el resto sobre pilotes o postes de madera o hierro, de forma que no se impida la libre circulación de las augas bajo el mismo.

-Se prohíbe tener en la estacada un número superior de fisgas a pescadores con permiso presentes en la misma; siendo todos ellos responsables del incumplimiento de esta condición.

-El período hábil de pesca será desde el 24 de enero hasta el 29 de abril.

-La pesca se realizará en días alternos, pescando los lunes, miércoles y viernes desde las estacadas impares y los martes, jueves y sábados desde las pares. Las personas que pesquen los lunes, miércoles y viernes comenzarán a las 21 de estos días y podrán hacelo hasta las 8 del día siguiente. Las personas que lo hagan los martes, jueves y sábados comenzarán a las 21 de estos días y podrán hacerlo hasta las 8 del día siguiente.

-Se prohíbese la pesca desde las 21 de los domingos hasta las 21 de los lunes.

-Sólo se autoriza la pesca de la lamprea desde 700 metros augas abajo del puente romano de Ponteareas hasta la confluencia del Tea con el río Miño.

* Requisitos a seguir en la instalación de las estacadas:

-Deberán estar debidamente numeradas y situadas de conformidad con lo recogido en el anexo, donde se fijen sobre el terreno por personal de la Consellería de Medio Ambiente, y en ningún caso se podrá montar las estacadas fuera del lugar establecido, ni se podrá cambiar de margen. En el caso de que los adjudicatarios de 2 estacadas contiguas quieran montarlas conjuntamente lo solicitaran previamente y, en su caso, se montará en el lugar correspondiente a la señalada más augas abajo.

-Deberán tener acceso desde tierra y, en ningún caso, las dimensiones de las estacadas sobrepasarán la mitad del río.

-No se podrá cortar vegetación de ribera sin autorización del Servicio de MAN, de acuerdo con lo establecido en vigente Ley 7/1992, de pesca fluvial.

-Finalizado el régimen especial el día 29 de abril, los pescadores dispondrán de un plazo de 15 días para retirar las estacadas y demás instalaciones, dejando el entorno libre de basura, y presentar debidamente cubiertos los libros de registro de capturas en el refugio de A Freixa o en Servicio de Medio Ambiente Natural en Pontevedra, calle Benito Corbal, 47-5ª planta.

Del incumplimiento de dichos requisitos de instalación y retirada de las estacadas responderán todas las personas autorizadas conjunta y solidariamente.

La pesca desde las estacadas se entiende selectiva para la lamprea, no pudiendo causar daño a otras especies piscícolas.

Todos los pescadores, antes de proceder a la instalación de las estacadas, deberán estar en posesión de la licencia de pesca y de los permisos de 4ª categoría para cada día. Documentos que deberán llevar consigo junto con el DNI durante la práctica de esta actividad.

Las barcas empleadas por los pescadores para las labores auxiliares de la pesca de la lamprea deberán estar en posesión de licencia especial para embarcación (licencia clase E). Estas embarcaciones deberán llevar en lugar bien visible el número de estacada que le correspondiera en el sorteo. En ningún caso, estas barcas podrán ser accionadas a motor.

Por el persoal que designe el Servicio de MAN se revisará cada estacada y cuando no se ajuste a las condiciones fijadas o no exista persona autorizada para la pesca desde la misma se procederá a su levantamiento.

Si durante la temporada de pesca de la lamprea los agentes observan que algún pescador incumple cualquiera otra condición de esta normativa le podrán retirar, en ese momento, los permisos que le resten, sin derecho a devolución de su importe.

Los puestos de pesca, para la colocación de las estacadas recogidas en el anexo, serán objeto de sorteo público a celebrar por parte del Servicio de MAN de Pontevedra en la fecha, hora y lugar que éste hará público.

El Servicio de MAN, por razones hidrobiológicas, de estiaje o cualquiera otra que lo haga necesario, podrá modificar el contenido de la presente normativa adoptando las medidas necesarias.

* Sorteo de los puestos de pesca para la captura de la lamprea en el río Tea:

Para poder participar en este sorteo los interesados deberán presentar:

-Solicitud según modelo oficial.

-Fotocopia cotejada del DNI.

El sorteo para la posesión de los puestos correspondientes tendrá lugar en el refugio de A Freixa (Ponteareas) el día 14 de enero de 2000, a las once horas, a la vista de las solicitudes que para este fin se reciban no Servicio Provincial de MAN, c/Benito Corbal, 47-5ª planta (Pontevedra) hasta el 17 de dicimbre de 1999.

La zona de pesca de la lamprea se divide en dos tramos según anexo:

1 tramo: desde el puente del ferrocarril hasta la presa de O Cordeiro con un número de 20 estacadas.

2º tramo: desde la presa de O Cordeiro hasta la playa de Moscadeira con un número de 30 estacadas.

Se procederá en primer lugar al sorteo de los puestos del primer tramo, eligiendo cada solicitante y previa presentación del DNI, por el orden obtenido en el sorteo. A continuación se repetirá otro sorteo para el segundo tramo.

De acuerdo con el número obtenido en el sorteo, cada pescador retirará un lote de 42 permisos de 4ª categoría previo pago del precio público de 10.500 ptas. (250 ptas. por cada permiso) y presentación de la licencia de pesca.

A cada puesto de pesca deberán optar cuatro pescadores juntándose en la misma solicitud. Si se comprobase que el nombre de un pescador aparece reflejado en más de una solicitud, se procedará a la anulación del mismo.

Los permisos serán personales e intransferibles, por lo que ningún pescador podrá hacer uso de otro permiso que no fuese el suyo, ni pescar desde un puesto distinto al que figura en su permiso.

Si quedara algún puesto vacante se sorteará entre los pescadores que quedaran sin puesto en los sorteos anteriores.

Non se cambiará ningún puesto después de la elección del sorteo.

Los pescadores que tengan pendiente el pago de alguna sanción administrativa de la legislación de pesca no podrán optar al sorteo de las estacadas.

Junto con los permisos se entregarán unos libros de registro de capturas que deberán ser debidamente cumplimentados y deberán estar siempre a disposición de los agentes de MAN. El incumplimiento de este requisito será indispensable para optar al sorteo de la próxima temporada.

Pontevedra, 16 de noviembre de 1999.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO I

ESTACADAS DEL RÍO TEA 2000

Longitud total: 12.372 m.

Tramo 1º: 3.252 m

Presa de O Cordeiro

Distancia

20Puente de O Cordeiro

180

19

100

18

173

17

677

16

50

15

352

14

100

13

120

12

120

11

100

10

305

9

115

8

80

7

80

6Puente PO-416

370

5Puente Romana

60

4

50

3

Distancia

60

2

100

1

60

Puente do ferrocarril

Tramo 2º: 9.120 m

Playa de Moscadeira

Distancia

120

30

100

29

150

28

80

27

210

26

160

25

120

24

120

23

90

22

120

21

110

20

110

19

110

18

250

17

100

16

100

15Desembocadura del río Uma

590

14

100

13

100

12

100

11

300

10Puente de As Partidas

220

9

1.850

8

1.350

7

200

6

210

5

290

4

100

3

400

2

120

1

1.120

Presa de O Cordeiro