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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Miercoles, 24 de noviembre de 1999 Pág. 13.788

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

CORRECCIÓN de errores.-Decreto 267/1999, de 30 de septiembre, por el que se establece la ordenación de los establecimientos hoteleros.

Advertidos errores en el citado decreto, publicado en el DOG nº 201, del 18 de octubre de 1999, procede hacer las siguientes correcciones:

-En la página 12.329, en la última línea del punto 2, donde dice: «Albergues yurísticos», debe decir: «Albergues turísticos».

-En la página 12.331, en el artículo 11, en el segundo párrafo, donde dice: «A estos efectos, los interesados presentarán, de la documentación que se relaciona en el artículo 12º», debe decir: «A estos efectos,

los interesados presentarán, de la documentación que se relaciona en el artículo 10º».

-En la página 12.332, en el artículo 12º, donde dice: «... aportando para ello los documentos relacionados en el artículo 12º...», debe decir: «... aportando para ello los documentos relacionados en el artículo 10º...».

-En la página 12.340, en la disposición transitoria primera, donde dice: «A los establecimientos de que a la entrada en vigor...», debe decir: «A los establecimientos que a la entrada en vigor...».

-En la página 12.340, en la disposición transitoria tercera, en el punto 3, donde dice: «... conforme a lo señalado en el artículo 12º, apartado 5, de esta disposición», debe decir: «... conforme a lo señalado en el artículo 10º, apartado 5, de esta disposición».

-En la página 12.341, en el anexo I, deberán figurar además estas otras placas:

-En la página 12.342, el modelo de solicitud que consta en el anexo II se deberá sustituir por el que sigue:

-En la página 12.343, en el anexo III, en el apartado B COMUNICACIONES, donde dice: «... De incendios...», debe decir: «(*) De evacuación...», donde dice: «... Las escaleras y accesos de servicios podrán utilizarse como de incendios siempre que reúnan las condiciones exigidas por la normativa específica vigente...», debe decir: «... Las escaleras e accesos de servicios podrán utilizarse como de evacuación siempre que reúnan las condiciones exigidas por la normativa específica vigente...».

-En el final del texto correspondiente al cuadro de comunicaciones debe decir: «(*) Sólo para el caso de que la escalera de clientes no reúna todos y cada uno de los requisitos exigidos por la normativa vigente en materia de protección contra incendios...».

-En la página 12.345, en el cuadro correspondiente al servicio de pisos, donde dice: «Depósito de equipaxes custodiado e cerrado», debe decir: «Depósito de equipajes custodiado y cerrado».

-En la página 12.346, en el anexo V, en el apartado referente a los dormitorios, donde dice: «... no se rebase el porcentaje establecido en el apartado a) del artículo 53», debe decir: «... no se rebase el porcentaje establecido en el apartado a) del artículo 51».

-En la página 12.346, en el anexo V, en el apartado salas de estar comedor, donde dice: «...

5 4 3 2 1

-m2 por plaza 4,5 m2 4 m2 3 m2 2,5 m2 2 m2

debe decir: «...

5 4 3 2 1

-m2 por plaza 4,5 m2 4 m2 3 m2 2,5 m2 2 m2

-En la página 12.347, en el anexo VI, donde dice: «Superficie mínima de las habitaciones individuais», debe decir: «Superficie mínima de las habitaciones individuales».