Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se notifica a los interesados las propuestas de los correspondientes expedientes sancionadores, con los números que se indican, por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente del beneficiario, causa prevista en el artículo 5.c de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
A dicha infracción la instructora del expediente propone la sanción de multa de 200.000 ptas. sin perjuicio de la obligación de destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente.
Conforme a lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se dé traslado a los interesados concediéndoles un plazo de 15 días para formular alegaciones en trámite de audiencia y presentar los documentos e informes que estimen pertinentes. La presente propuesta no es susceptible de recurso.
Y para que conste y les sirva de notificación a los interesados, de dirección desconocida en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña a 19 de octubre de 1999.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa del Área Provincial de A Coruña
ANEXO
VP-C 39/1998.
José Antonio Zas Roibal.
Torre, 1-3º D.
Labañou-A Coruña.
VP-C 40/1998.
Ramón Torres Mato.
Torre, 2-6º D.
Labañou-A Coruña.
VP-C 4/1999.
Manuel Fachado Sayar.
Urbanización Sol y Mar.
Bloque 11, portal 3, escalera 1-1º D.
Oseiro-Arteixo.
VP-C 13/1999.
Carmen Gómez Méndez.
Calle Dublín, 6-1º C.
Polígono de As Fontiñas.
Santiago de Compostela.