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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miercoles, 17 de noviembre de 1999 Pág. 13.524

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

EDICTO de 14 de octubre de 1999, del Área de Servicios Sociales de la provincia de A Coruña, por el que se notifican las resoluciones dictadas sobre prestaciones de LISMI, Real decreto 383/1984, que se relacionan en el anexo.

En uso de las competencias sobre las prestaciones de la LISMI atribuidas en el artículo 43 del Real decreto 383/1984, de 1 de febrero y por el Real decreto 258/1985, de 23 de enero, al resultar fallidas las anteriores notificaciones por correo y en virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14), que modifica parcialmente la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27), se notifica a cada uno de los abajo citados la resolución dictada tras la revisión de sus expedientes por la delegación provincial.

Contra esta resolución podrá interponer reclamación por escrito ante esta delegación provincial formulando las alegaciones y aportando las pruebas que estime convenientes en el plazo de 15 días a partir del siguiente a esta publicación. Si en el plazo indicado no presentó reclamación podrá interponer, dentro del mes siguiente, recurso de alzada ante el conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales, directamente o a través de esta delegación provincial, conforme al artículo 114 de la Ley 4/1999 antes mencionada.

A Coruña, 14 de octubre de 1999.

Manuel Barral Castro

Delegado provincial de A Coruña

ANEXO

SolicitanteDNIResoluciónCausaFundamentos

Fernández Somoza, Mónica32.817.439Suspensión y reclamación importesNo comunicar modificación de situaciónArt. 30 y 41 R.D. 383/1984

Mosquera Carquijero, M. Victoria32.606.532Suspensión y reclamación importesNo comunicar modificación de situaciónDisposición Tra. 11ª

R.D. 1/1998

Varela Espiñeira, M. América76.380.244Suspensión y reclamación importesNo comunicar modificación de situaciónLey 3/1997