Aprobado definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de Vilaboa, con fecha de 25 de junio de 1998, el plan parcial del parque empresarial de Bértola-Vilaboa (Pontevedra) que, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los terrenos y edificaciones correspondientes a los efectos de expropiación forzosa.
Vistos los artículos 145 y siguientes de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, por el que se aprobó la Ley del suelo de Galicia así como los artículos 202 y siguientes del Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprobó el Reglamento de gestión urbanística, se somete a información pública el expediente expropiatorio de los bienes y derechos que se necesitan ocupar para la ejecución del mencionado parque empresarial de conformidad con el planeamiento aprobado.
El expediente estará expuesto en el Ayuntamiento de Vilaboa y en la Delegación Provincial del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo en Pontevedra, sita en la calle Alcalde Hevia, nº 7, por el término de un mes, notificándose individualmente a los que aparezcan como titulares de los bienes y derechos en el expediente, mediante traslado literal de la correspondiente hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, para que puedan formular alegaciones en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de notificación o de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Durante el citado plazo, todas aquellas personas y entidades que se consideren afectadas podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas, por triplicado ejemplar en la Delegación Provincial del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo en Pontevedra, sita en la calle Alcalde Hevia, nº 7.
Santiago de Compostela, 3 de noviembre de 1999.
José Antonio Redondo López
Director general del Instituto Gallego
de la Vivienda y Suelo