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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Jueves, 11 de noviembre de 1999 Pág. 13.290

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ACUERDO de 19 de octubre de 1999, de la Delegación Provincial de Lugo, de iniciación del expediente sancionador S-28/99 seguido contra Hamburguesería Portos.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4º y 61 de la Ley de réximen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre de 1992, (BOE del 27), se hace público el acuerdo de iniciación recaído en el expediente sancionador que se indica y que

se sigue en esta delegación provincial al presunto infractor que en el anexo se señala, ya que, intentándose la notificación del mismo en el último domicilio conocido, ésta no se pudo practicar.

El correspondiente expediente figura a disposición del interesado para conocimiento íntegro y constancia del mencionado acto en las dependencias de la Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales de Lugo, sita en la Ronda de la Muralla, nº 70.

Contra dicho acuerdo de iniciación podrá formular alegaciones y aportar las pruebas que estime pertinente en defensa de sus derechos, en el plazo de 15 días, contados desde el día siguiente al de esta publicación.

Al mismo tiempo se le advierte que transcurrido dicho plazo, seguirá el expediente el trámite ordinario pudiendo ser considerado el acuerdo de iniciación como propuesta de resolución, en el caso de que no se hagan alegaciones (artículo 13.2º del R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (BOE del 9).

ANEXO

Expediente: S-28/99.

1. Interesado y domicilio conocido: Hamburguesería Portos (Marcos Porto Veiga). DNI 33.328.914, r/ 18 de Julio, nº 128, 27004 Lugo.

2. Hechos imputados: el día 24 de abril de 1999, los Servicios Veterinarios Oficiales de Salud Pública de la zona de Lugo levantaron en este establecimiento acta de inspección serie A-I nº 98186, de comprobación de las actas serie A-I nº 97668 de fecha 5 de febrero de 1999 y serie A-I nº 98723 de fecha 24 de febrero de 1999, en las que se hace constar las siguientes irregularidades, incumpliendo la normativa sanitaria de los comedores colectivos: 1. Necesidad de mejorar la limpieza general, e 2. Incapacidad para poner en funcionamiento la campana extractora de humos.

Preceptos infringidos: artículo 35.A).3ª de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad; artículo 2.1º.1 y 2.2º del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria; artículo 1.1º d) del Decreto 157/1985, de 11 de julio, de la Xunta de Galicia, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia sanitaria; capítulo I, puntos 1 y 5; 1º párrafo y punto b) del capítulo V del Real decreto 2207/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene relativas a los productos alimenticios; artículos 4.5º, 5.3º, 6.1º y 6.2º del Real decreto 2817/1983, de 13 de octubre, por el que se aprueba la regulación técnico-sanitaria de los comedores colectivos.

De acuerdo con el artículo 35.A).30 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, Ley general de sanidad, dicho hecho constituye una infracción sanitaria que puede ser calificada como leve, y por lo tanto de

acuerdo con el artículo 36.1º a) de la citada ley, sancionarse con multa de hasta quinientas mil pesetas (500.000 ptas.).

Lugo, 19 de octubre de 1999.

Luis Abades Álvarez

Delegado provincial de Lugo