De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la resolución de dicho expediente por infracción de la Ley de montes de 8 de junio de 1957.
1. Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el conselleiro de Medio Ambiente, en el plazo de un mes o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 e 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, citada, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa, o ejercer cualquier otro que estime pertinente.
2. El importe de la sanción deberá ser ingresado en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que la resolución sea firme, en la cuenta número 2091.0388.90.3110001181 de recaudación de multas y sanciones que el Servicio de Montes e Industrias Forestales tiene abierta en la Caixa de Galicia. De no hacer el ingreso dentro del referido plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio.
Para efectuarlo deberá utilizar los impresos normalizados que le serán facilitados en las delegaciones de la Consellería de Medio Ambiente y en las oficinas de la Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural, sita en San Lázaro, s/n, en Santiago de Compostela.
Santiago de Compostela, 1 de octubre de 1999.
Tomás Fernández-Couto Juanas
Director general de Montes y Medio Ambiente Natural
ANEXO
Expediente sancionador: MP-150/98-C.
Artículo infringido: 432 del Reglamento de montes.
Cuantía de la sanción: noventa y ocho mil quinientas cincuenta (98.550) pesetas.
Denunciado: José Mª Castro Tato.
DNI: 76.451.638.
Última dirección conocida: Porto, 43-Conxo, Santiago de Compostela (A Coruña).