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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Martes, 09 de noviembre de 1999 Pág. 13.127

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

ORDEN de 28 de octubre de 1999 por la que se declaran provisionalmente las zonas propuestas para su inclusión en la Red Europea Natura 2000, como espacios naturales en régimen de protección general.

La protección y conservación de nuestro patrimonio natural es un mandato recogido en el artículo 45 de la Constitución y una necesidad para asegurar la pervivencia de nuestros ecosistemas y sus componentes.

En fecha 11 de marzo del presente año el Consello de la Xunta de Galicia acuerda aprobar una relación de lugares como de importancia comunitaria y proponerlos para su inclusión en la Red Europea Natura 2000, de acuerdo con lo dispuesto del Real decreto 1997/1995, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres; real decreto que transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva 92/73/CEE del Consello, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres y cuyo objetivo es el de contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la adopción de medidas para la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres en el territorio de la Unión Europea.

El Real decreto 1997/1995 establece en su artículo 3 que cada Estado miembro contribuirá a la constitución de una red ecológica coherente de zonas especiales de conservación denominada Natura 2000, en función de la representación que tengan en su territorio los tipos de hábitats naturales y los hábitats de especies de los anexos I y II de la Directiva 92/43, y a tal fin cada Estado miembro designará lugares y zonas especiales de conservación que garanticen el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento, en un estado de conservación favorable de este tipo de hábitats.

La Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres crea, en su artículo 12, diferentes tipos de espacios naturales protegidos. Asimismo, en su artículo 21.2º faculta a las comunidades autónomas con competencia plena en la materia a establecer otras figuras de protección distintas a las establecidas en dicho artículo 12.

En consecuencia y en virtud de las competencias establecidas por el Real decreto 1535/1984, de 20 de junio, se reguló mediante el Decreto 82/1989, de 11 de mayo, la figura de espacio natural en régimen de protección general, creándose el Registro General de Espacios Naturales de Galicia.

En este registro se incluyen aquellos espacios de interés natural para los que es necesario asegurar su conservación.

El Real decreto 1997/1995, de transposición de la Directiva 92/43/CEE a nuestro ordenamiento jurídico, establece en su artículo 5 que los lugares de importancia comunitaria serán declarados por la Comunidad Autónoma correspondiente como zonas de especial conservación en un plazo máximo de seis años.

La Xunta de Galicia acaba de enviar su propuesta de espacios a integrar en la Red Natura 2000. Mientras la Unión Europea no se pronuncie, la Comunidad Autónoma debe garantizar la conservación de los valores que llevaron a la propuesta de estos lugares.

El artículo 6 del citado Decreto 82/1989, de 11 de mayo, permite que al objeto de asegurar la salvaguarda de los valores naturales de un espacio para el que esté en tramitación su inclusión en el registro y mientras no se produzca la declaración definitiva, se podrá aplicar el régimen de protección propio de los registrados. Por lo expuesto

DISPONGO:

Artículo 1º

Se inicia el trámite de inclusión en el Registro de Espacios Naturales de Galicia de los lugares señalados en el anexo de la presente orden.

Artículo 2º

Ante la necesidad de dotar estos lugares de una protección preventiva, se declaran provisionalmente espacios naturales en régimen de protección general, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 82/1989, de 11 de mayo.

Artículo 3º

1. En estos espacios se podrán seguir llevando a cabo de forma ordenada los usos y actividades tradicionales, así como los previstos en el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 11 de marzo de 1999; para el resto se requerirá informe preceptivo y vinculante de la Consellería de Medio Ambiente, que será solicitado por el promotor o titular de las acciones, actividades, proyectos u obras que se pretendan emprender.

2. De preverse efectos negativos que puedan derivarse de las acciones que se vayan a realizar, la Consellería de Medio Ambiente podrá exigir un informe de evaluación ambiental de las mismas a fin de evitar el deterioro de los valores que determinaron la inclusión de estos espacios naturales en el registro general, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor a día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de octubre de 1999.

José Carlos del Álamo Jiménez

Conselleiro de Medio Ambiente

ANEXO

RELACIÓN DE ESPACIOS INCLUIDOS EN LA PROPUESTA GALLEGA DE LA RED NATURA 2000

NOMBREAYUNTAMIENTOSSUPERF. (hA)

ANCARES-COUREL

BECERREÁ

NAVIA DE SUARNA

PEDRAFITA DO CEBREIRO

SAMOS

POBRA DO BROLLÓN, A

CERVANTES

NOGAIS, AS

FOLGOSO DO COUREL

TRIACASTELA

QUIROGA

O INCIO

103271,988

BAIXA LIMIA

BANDE

PADRENDA

LOBEIRA

LOBIOS

CALVOS DE RANDÍN

QUINTELA DE LEIRADO

ENTRIMO

MUÍÑOS

VEREA

34267,5392

BAIXO MIÑO

GUARDA, A

TUI

SALVATERRA DE MIÑO

SALCEDA DE CASELAS

TOMIÑO

1960,2842

BETANZOS-MANDEO

BERGONDO

MIÑO

IRIXOA

BETANZOS

PADERNE

ARANGA

899,32425

BIDUEIRAL DE MONTE DE RAMOMONTEDERRAMO1208,8886

BRAÑAS DE XESTOSO

SILLEDA

FORCAREI

ESTRADA, A

925,5245

CABO UDRABUEU245,11305

CANÖN DO SIL

PARADA DO SIL

NOGUEIRA DE RAMUÍN

SOBER

PANTÓN

5172,3733

CARBALLIDO

RIBEIRA DE PIQUÍN

PONTENOVA, A

FONSAGRADA, A

3719,559

CARNOTA-MONTE PINDOCARNOTA3029,59575
AS CATEDRAISRIBADEO

BARREIROS

510,9264
COMPLEXO HÚMIDO DE CORRUBEDOPORTO DO SON

RIBEIRA

3016,70645

COMPLEXO ONS-O GROVE

GROVE, O

MEAÑO

VILANOVA DE AROUSA

BUEU

SANXENXO

CAMBADOS

4225,0141

COSTA ÁRTABRA

NARÓN

CEDEIRA

FERROL

CARIÑO

VALDOVIÑO

7100,28325

NOMBREAYUNTAMIENTOSSUPERF. (hA)

COSTA DA MORTE

ARTEIXO

CARBALLO

MALPICA DE BERGANTIÑOS

CABANA DE BERGANTIÑOS

LAXE

FISTERRA

LARACHA

PONTECESO

CAMARIÑAS

CEE

MUXÍA

VIMIANZO

6502,82075

COSTA DA VELACANGAS368,5087
COSTA DE DEXOOLEIROS61,4025
CRUZUL-AGÜEIRAAS NOGAIS

BECERREÁ

475,16365

ENCORO DE CECEBRE

ABEGONDO

BETANZOS

CAMBRE

CARRAL

639,1541

ENSEADA DE SAN SIMÓNREDONDELA

VILABOA

1916,1873
ESTACA DE BARESORTIGUEIRA

MAÑÓN

964,58615

ESTEIRO DE TAMBRE

NOIA

NEGREIRA

OUTES

BRIÓN

1511,0803

FRAGAS DO EUME

CABANAS

MONFERO

CAPELA,A

PONTES DE GARCÍA RODRÍGUEZ, AS

PONTEDEUME

9387,42015

GÁNDARAS DE BUDIÑO

PORRIÑO, O

SALCEDA DE CASELAS

TUI

958,53235

ILLAS CÍESVIGO966,96445
ILLAS ESTELASNIGRÁN561,2892

MACIZO CENTRAL

A POBRA DE TRIVES

MANZANEDA

CHANDREXA DE QUEIXA

BOLO, O

VILARIÑO DO CONSO

VIANA DO BOLO

LAZA

37473,4068

A MARRONDA BALEIRA610,63905
MONTE E LAGOA DE LOUROCARNOTA

MUROS

1190,4018

MONTE FARO

CARBALLEDO

CHANTADA

RODEIRO

3081,4168

MONTE MAIORVIVEIRO

XOVE

979,45045
NEGUEIRANEGUEIRA DE MUÑIZ4531,4287

ORTIGUEIRA-MERA

SOMOZAS, AS

ORTIGUEIRA

CARIÑO

CERDIDO

AS PONTES DE GARCÍA RODRÍGUEZ

3729,3565

PARGA-LADRA-TÁMOGA

OUTEIRO DE REI

VILALBA

GUITIRIZ

COSPEITO

BEGONTE

XERMADE

RÁBADE

3836,63915

PENA MASEIRAMEZQUITA, A

GUDIÑA, A

5999,79335

PENA TREVINCA

CARBALLEDA DE VALDEORRAS

VIANA DO BOLO

VEIGA, A

19179,8088

NOMBREAYUNTAMIENTOSSUPERF. (hA)

PENA VEIDOSA

PIÑOR

SAN CRISTOVO DE CEA

CARBALLEDO

CHANTADA

2058,8501

A RAMALLOSABAIONA103,29965

RÍA DE FOZ-MASMA

MONDOÑEDO

FOZ

BARREIROS

LOURENZÁ

559,887

RÍO EO

A FONSAGRADA

RIBADEO

TRABADA

A PONTENOVA

RIBEIRA DE PIQUÍN

706,39695

RÍO LANDROVIVEIRO

OUROL

51,91415
RÍO OUROFOZ

ALFOZ

47,8227

RÍO TÁMEGA

LAZA

CASTRELO DO VAL

VERÍN

MONTERREI

1119,06715

RÍO TEA

COVELO

MONDARIZ-BALNEARIO

MONDARIZ

PONTEAREAS

SALVATERRA DE MIÑO

FORNELOS DE MONTES

88,0214

RÍO XUBIA

CAPELA, A

SAN SADURNIÑO

NEDA

NARÓN

MOECHE

1576,0245

SERRA DO CANDÁN

FORCAREI

SILLEDA

LALÍN

BEARIZ

8777,77495

SERRA DO CANDO

LAMA, A

CERDEDO

COTOBADE

FORCAREI

BEARIZ

5391,34555

SERRA DO CAREÓN

TOQUES

SANTISO

MELIDE

PALAS DE REI

FRIOL

6024,7974

SERRA DO XISTRAL

PONTES DE GARCÍA RODRÍGUEZ, AS

MURAS

ABADÍN

ALFOZ

OUROL

XERMADE

VILALBA

MONDOÑEDO

VALADOURO, O

20264,5206

SERRAS DE RUBIÁRUBIÁ1493,54815

SISTEMA FLUVIAL ULLA-DEZA

CATOIRA

DODRO

PADRÓN

ESTRADA, A

BOQUEIXÓN

SILLEDA

RIANXO

PONTECESURES

TEO

VEDRA

VILA DE CRUCES

VALGA

TOURO

521,83475

SOBREIRAIS DO RÍO ARNEGOAGOLADA

LALÍN

VILA DE CRUCES

1537,25845
VEIGA DE PONTELIÑARESPORQUEIRA

RAIRIZ DE VEIGA

129,67525

TOTAL324930,60975