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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Lunes, 08 de noviembre de 1999 Pág. 13.086

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 288/1999, de 14 de octubre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Ares (A Coruña), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de recuperación ambiental del borde litoral de Ares.

El Ayuntamiento de Ares (A Coruña), en sesión celebrada el día 19 de junio de 1998, aprobó el proyecto de recuperación ambiental del borde litoral de Ares

y en la sesión del 3 de septiembre de 1999 acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. Por el ayuntamiento fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día 16 de septiembre de 1999.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente expropiación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, así como la Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural de la Consellería de Medio Ambiente, emitieron informes favorables con entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales los días 22 de septiembre y 7 de octubre de 1999, respectivamente.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, porque la obra pretende recuperar y ordenar la zona más importante del casco urbano de Ares, con un tratamiento acorde con las políticas medioambientales sensibilizadas con el deterioro del medio ambiente, mediante su recuperación y ordenación que, de no llevarse a cabo, implicaría un progresivo deterioro de una de las zonas naturales más importantes de ese término municipal, al tiempo que establece una ordenación urbanística racional, con el consiguiente aumento de la seguridad vial y peatonal de la zona.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día catorce de octubre de mil novecientos noventa y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Ares (A Coruña) a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de recuperación ambiental del borde litoral de Ares.

Santiago de Compostela, catorce de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones

Laborales