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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Viernes, 05 de noviembre de 1999 Pág. 13.022

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 1999, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza la instalación de una planta de cogeneración de energía eléctrica a la empresa Elaboradora de Cefalópodos, S.A., en el municipio de Bergondo (A Coruña), y se incluye la misma en el régimen especial de producción de energía eléctrica. ( Expediente 98/932).

Examinado el expediente instruido a instancias de la empresa Elaboradora de Cefalópodos, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en el polígono industrial de Bergondo (A Coruña), resultan los siguientes

Antecedentes de hecho.

Primero.-Con fecha 11 de diciembre de 1998, la citada empresa solicitó el reconocimiento de la condición de instalación acogida al régimen especial de producción de energía eléctrica creado por el R.D. 2366/1994, de 9 de diciembre sobre producción de energía eléctrica por instalaciones hidráulicas, de cogeneración y otras abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, derogado por el R.D. 2818/1998, de 23 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración, actualmente vigente.

Segundo.-Con fecha 18 de febrero de 1999, la empresa Elaboradora de Cefalópodos, S.A. solicitó la autorización administrativa de la citada planta de cogeneración.

Tercero.-Las características básicas de la planta de cogeneración prevista serán las siguientes:

-Un motor de combustión interna de 12 cilindros en V, alimentado con gasóleo y con una potencia de 1.163,5 kW.

-Un generador de 1.300 kVA de potencia, factor de potencia 0,85 y tensión de generación 0,4 kV.

-Instalaciones de almacenamiento de combustible, conexión, protección, mando, señalización y medida.

Cuarto.-De conformidad con lo establecido en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente en virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña dictó Resolución de 22 de febrero de 1999 por la que se sometió a información pública la autorización administrativa de la instalación de referencia, que se publicó en el DOG del 1 de marzo y en el BOP de A Coruña del 1 de marzo, sin que se presentase en el periodo legalmente establecido para ello alegación alguna.

Quinto.-El proyecto está informado favorablemente por la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña y cumple con las exigencias reglamentarias fijadas en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y con las demás que le son de aplicación.

Fundamentos de derecho.

Primero.- La Dirección General de Industria es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y el Decreto 99/1998, de 26 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y el Real decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, ya citados.

Segundo.- En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas

RESUELVE:

-Autorizar la instalación de una planta de cogeneración a la empresa Elaboradora de Cefalópodos, S.A., a situar en sus instalaciones del término municipal de Bergondo, en la provincia de A Coruña.

-Reconocer a la planta de cogeneración autorizada la condición de instalación acogida al régimen especial del R.D. 2818/1998, e incluirla en el grupo a.1 del artículo 2 de dicho real decreto.

Cualquier modificación de las instalaciones autorizadas requerirá una nueva solicitud de autorización administrativa, de acuerdo con lo indicado en el artículo 17.4º del Real decreto 1775/1967, de 22 de julio, que fija el régimen de instalación, ampliación y traslado de las industrias en general.

El promotor presentará ante la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña, en el plazo de un año contado a partir de la fecha de publicación en el DOG de la presente resolución, el proyecto de ejecución de la planta de cogeneración autorizada, el cual contendrá los datos y condiciones técnicas para la realización de las instalaciones de conexión de la central a la red, que serán facilitados por la empresa que distribuya energía eléctrica en la zona, así como el punto de interconexión.

Asimismo, la instalación se interconectará con el sistema centralizado que para el régimen especial establezca, en su caso, la Dirección General de Industria.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Santiago de Compostela, 21 de mayo de 1999.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria