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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Jueves, 04 de noviembre de 1999 Pág. 12.963

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 13 de septiembre de 1999, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la incoación del expediente sancionador OU 44/99C (caza-Ourense).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en los anexos se mencionan la incoación de expediente sancionador por presuntas infracciones de la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia (DOG nº 33, del 11 de julio).

Se nombra instructora del expediente a Miriam López Areal, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

Para los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo, nº 18-5º, formular alegaciones, presentar los documentos que consideren convenientes en su defensa y proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse.

De no efectuarse alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Ourense, 13 de septiembre de 1999.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: OU 44/99C.

Denunciado: Nilo López Conde.

DNI: 34.954.511.

Última dirección conocida: calle San Paio, 18-3º Ourense.

Hecho denunciado: dejar sueltos durante más de 50 minutos dos perros de caza, razas sabueso y grifón, en terrenos cinegéticos, en época de veda.

Precepto infringido y sancionador: artículo 58.17º de la Ley de caza de Galicia.

Sanción: de 100.001 a 1.000.000 de pesetas y retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla de un año y un día a cinco años.