De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre, se le notifica
a la persona que a continuación se relaciona el acuerdo de inicio del expediente sancionador instruido por la Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales de A Coruña, por incumplimiento de la Ley 14/1986, general de sanidad, de 25 de abril y el Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, en el que se regulan las infraccciones y sanciones en materia de defensa del consumidor.
A partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24.2º del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, dispone del plazo de 10 días para presentar alegaciones; en el caso de no presentarlas y en base al artículo 13.2º del mencionado Real decreto 1398/1993, el inicio podrá considerarse propuesta de resolución.
Expediente sancionador: Secretaría 138/1999.
Denunciado: Panadería Santa Margarita, S.L.
DNI/CIF: B-15.584.782.
Última dirección conocida: polígono de Pocomaco, parcela G-18. Nave II. A Coruña.
Calificación de la infracción: grave.
Importe de la sanción: 1.000.000 de pesetas.
A Coruña, 9 de septiembre de 1999.
Manuel Barral Castro
Delegado provincial de A Coruña