Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Jueves, 04 de noviembre de 1999 Pág. 12.953

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 1999, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se aprueba el proyecto de ejecución, se autoriza y se declara, en concreto, de utilidad pública, para los efectos de la urgente ocupación, la L.M.T., C.T., R.B.T. Carballido, en el ayuntamiento de Vilalba. (Expediente 4873 A.T.).

Visto el expediente incoado en esta delegación provincial por petición de Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A. con domicilio a efectos de notificación en la calle Ciudad de Viveiro, 4, Lugo, que solicita aprobación de proyecto, autorización administrativa y declaración de la utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia.

Cumplidos los trámites señalados en el artículo 53 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, y los ordenados en los capítulos III del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y en los capítulos III y IV del reglamento de aplicación de la Ley 40/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, aprobado por el Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, de aplicación al presente expediente según lo establecido por la disposición transitoria primera de la indicada Ley 54/1997, sin que se presentaran alegaciones ni oposición al trazado de la línea en fase de información pública.

Vista sobre el terreno la traza de la línea eléctrica proyectada, se observa en ella que no se da ninguna de las prohibiciones o limitaciones a las que se refieren respectivamente los artículos 25 y 26 del Decreto 2619/1966, en concordancia con el artículo 57 de la Ley 54/1997 antes citada.

Siendo competente este organismo, con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma gallega en materia de industria, energía y minas, y en el ejercicio de competencias atribuidas por los Decretos 2617/1966 y 2619/1966,

RESUELVO:

Primero.-Autorizar a Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A. el establecimiento de dicha instalación eléctrica, con las siguientes características principales:

1. Línea de media tensión al C.T. de A Fraga con origen en la L.M.T. al C.T. de Carballido y final en el C.T.I. de A Fraga, con una longitud de 1.250 m.

2. Línea de media tensión al C.T. de las Lamelas con origen en la L.M.T. al C.T. de A Fraga y finalen el C.T. de As Lamelas, con una longitud de 572 m.

3. Línea de media tensión al C.T. de O Pombeiro con origen en la L.M.T. al C.T. de A Fraga y final en el C.T. de Carballido, con una longitud de 374 m.

4. Línea de media tensión al C.T. de Carballido, con origen en la L.M.T. al C.T. de Carballido y final en el C.T. de Carballido, con una longitud de 19 m.

5. Línea de media tensión al C.T. de Campelos, con origen en la L.M.T. al C.T. de Carballido y final en el C.T. de Campelos, con una longitude de 10 m.

(Estarán ejecutadas en conductor LA-56, sobre apoyos de hormigón y torres metálicas tipo C).

6. Centro de transformación de A Fraga de 50 kVA.

7. Centro de transformación de As Lamelas de 50 kVA.

8. Centro de transformación de O Pombeiro de 100 kVA.

9. Centro de transformación de Carballido de 50 kVA.

(Serán del tipo de intemperie sobre una torre metálica).

11. Redes de baja tensión. (Estarán hechas en conductores aislados R.Z.-95 y R.Z.-50, tensados sobre apoyos de hormigón, con una longitud de 9.600 m).

Segundo.-Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica autorizada, con las consecuencias establecidas en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sistema eléctrico, de necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados y de urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las comunidades autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de éstos y zonas de servidumbre pública.

Tercero.-Prestar aprobación al proyecto de ejecución, una vez cumplidos los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, y visto el contenido del informe técnico de 5 de junio de 1998, entendiendo que los extremos que se recogen en él no tienen entidad suficiente para no proceder a su aprobación.

Cuarto.-En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 31 del Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, acuerdo que por el representante de la Administración se dé comienzo al levantamiento de las actas previas, en fecha y hora que a cada interesado se le notificara individualmente, a la ocupación de las fincas contenidas en las relaciones publicadas en el BOP de Lugo del 3 de abril de 1999, Diario Oficial de Galicia del 22 de abril de 1999 y en el diario El Progreso del 18 de marzo de 1999, y expuestas en el tablero oficial de esta delegación provincial. Hasta el momento del levan

tamiento de las actas, podrán formular las alegaciones por escrito, que consideren pertinentes a los efectos de rectificar posibles errores en la relación de bienes afectados, ante esta delegación provincial.

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa, y contra ella se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notivicación/publicación. También podrá interponerse cualquier otro recurso que considere pertinente a su derecho.

Lugo, 22 de septiembre de 1999.

Jesús Bendaña Suárez

Delegado provincial de Lugo