En virtud de lo acordado por el juez de este juzgado, en la pieza separada de medidas provisionales de juicio de separación conyugal (5*) seguidos en este juzgado bajo el nº 129/1999, a instancia de Julia Pena Vilacoba representada por Avelino Calviño Gómez (de oficio), por la presente cédula se cita a Ramón Mella Paderne, en ignorado paradero, para que el próximo día veintinueve de noviembre, a las diez treinta horas, comparezca ante este juzgado defendido de letrado y representado por procurador a la comparecencia prevenida en el artículo 1897 de la Ley de enjuiciamiento civil, bajo apercibimiento que de no hacerlo será declarado en rebeldía, siguiendo los autos su curso sin más oírlo ni citarlo, y entendiéndose las sucesivas diligencias en los estrados del juzgado.
Y para su publicación en el DOG y en el tablón de anuncios de este juzgado, expido, sello y firmo la presente cédula en Negreira a 1 de octubre de 1999.
El secretario
Rubricado