En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación Clúster del Naval Gallego (Aclunaga), que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida asociación las empresas cuya facturación proceda directa o indirectamente de la industria del sector naval, y cuya actividad industrial esté integrada dentro de las denominadas industrias auxiliares del sector naval, y que tengan el domicilio social en la Comunidad Autónoma gallega.
Firman el acta de constitución: Luis Fernádez Fernández como secretario de la asamblea contituyente, con el visto bueno del presidente de dicha asamblea, José Francisco Gonález Viñas.
Santiago de Compostela, 7 de octubre de 1999.
José María Fernández Olea
Director general de Relaciones Laborales