De conformidad con lo dispuesto en los artículos 60.2º y 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por esta cédula se notifica a los beneficiarios de viviendas de protección oficial, con los datos relacionados en el anexo, la resolución por la que se acuerda la resolución de pleno derecho de los contratos de las viviendas que les fueron adjudicadas, por falta de pago de las cuotas pendientes, y el lanzamiento de dichas viviendas.
Requeridos para el pago de los recibos pendientes y transcurrido el plazo otorgado sin que el requerimiento fuera atendido, este hecho constituye causa legal suficiente, al amparo de los artículos 138 y 142 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de viviendas de protección oficial, para la resolución del contrato, desahucio y lanzamiento de las viviendas.
En la tramitación de los expedientes se observaron las normas vigentes contenidas en los artículos 138 a 144 del Reglamento de VPO, Decreto 2114/1968, de 24 de julio, artículo 30 del texto refundido de VPO, Real decreto 2960/1976, de 12 de noviembre, artículos 58, 59 y 96.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo
común, y el artículo 8.5º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
El lanzamiento será llevado a cabo por el representante legal de la entidad colaboradora Hnos. Alonso Garrán S.L., con credencial al efecto suscrita y firmada por el director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo y con la autorización judicial para la entrada en el domicilio de particulares en ejecución de actos forzosos de la Administración, incorporada al expediente y con el auxilio de las fuerzas de seguridad del Estado, autonómicas o locales.
Se advierte a los interesados que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de viviendas de protección oficial, podrán evitar el lanzamiento abonando el total de la deuda con el recargo del 10% establecido en el artículo 138 del Decreto 2214/1968, en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la presente cédula, así como las cantidades pendientes en concepto de cuotas de comunidad impagadas.
Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santiago de Compostela, 21 de septiembre de 1999.
José Antonio Redondo López
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda
y Suelo
ANEXO
requerida resolución
Adjudicatario Expediente Cuenta Último domicilio conocido Régimen Deuda
Fecha
Ptal. 19, bajo I, Ferrol-A Coruña
Ptal. 21, 1º I, Ferrol-A Coruña
Ptal. 12, 2º C, Ferrol-A Coruña
Ptal. 9, 3º D, Ferrol-A Coruña
Manuela Grueiro Maroño C1IV78 129 Calle Enrique Granados, Bl. 41,
Alquiler 664.811 ptas. 8-9-1999
Pilar Seoane López C1IV78 146 Calle Enrique Granados, Bl. 41,
Alquiler 493.839 ptas. 8-9-1999
Santiago Díaz Bonome C1IV78 83 Calle Enrique Granados, Bl. 41,
Alquiler 1.178.976 ptas. 8-9-1999
Francisco Díaz Díaz C1IV78 61 Calle Enrique Granados, BL. 41,
Alquiler 586.540 ptas. 8-9-1999