En esta delegación provincial se sigue expediente sancionador número P-22/1999, contra José Alfilio Vales García, titular del establecimiento denominado Café de Harold y la empresa operadora Recreativos
Mafari, S.A. por presunta infracción de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, en el que se resolvió, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, publicar la propuesta de resolución, por resultar desconocido el domicilio de José Alfilio Vales García.
Propuesta de resolución.
Primero.-Sancionar a la empresa operadora Recreativos Mafari, S.A., solidariamente con su gerente o apoderado, con una multa de ciento cincuenta mil pesetas (150.000 ptas.), como responsable de una infracción administrativa grave especificada en el fundamento jurídico tercero de esta propuesta de resolución.
Segundo.-Sancionar a José Alfilio Vales García, titular del establecimiento denominado Café Harold, sito en c/ Joaquín Costa, número 20 del municipio de Pontevedra, con multa de ciento cincuenta mil pesetas (150.000 ptas.) como responsable de la infracción administrativa grave especificada en el fundamento jurídico tercero de esta propuesta de resolución.
Frente a esta propuesta de resolución podrán los interesados, en el plazo de ocho días a partir del siguiente a su notificación, alegar lo que en su derecho convenga, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2º d) de la Ley 34/1987, de 26 de diciembre, de potestad sancionadora de la Administración pública en materia de juegos de suerte, envite o azar.
Pontevedra, 9 de septiembre de 1999.
Juan Girón Astray
Instructor