En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación Gallega de Mediadores de Seguros Franquiciados que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida asociación los profesionales de la mediación de seguros que desempeñen su actividad profesional en régimen de franquicia.
Firman el acta de constitución: Ángel Pereira Gutiérrez y siete personas más.
Santiago de Compostela, 1 de octubre de 1999.
José María Fernández Olea
Director general de Relaciones Laborales