El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, con fecha 5 de febrero de 1992, firmó un convenio con el Ayuntamiento de Ribadavia para la creación de un parque empresarial en el municipio.
El Ayuntamiento de Ribadavia, en sesión celebrada el día 14 de septiembre de 1998, adoptó un acuerdo por el que se aprueba definitivamente el plan parcial del parque empresarial de Ribadavia.
Este plan parcial determina como sistema de actuación para su ejecución el sistema de expropiación, lo que implica la declaración de utilidad pública de las obras y la necesidad de ocupación de los terrenos y edificios correspondientes, para los fines de expropiación o imposición de servidumbre, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen de suelo y valoraciones y el artículo 54 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.
Los bienes y derechos afectados por la expropiación están comprendidos dentro del ámbito del polígono nº 1 de actuación delimitado en el plan parcial del parque empresarial de Ribadavia, y están concretados en la relación de propietarios y titulares de bienes y derechos que es necesario ocupar que se recoge en el documento del plan parcial.
En su virtud, se acuerda el inicio del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de tasación conjunta de los bienes y derechos afectados por la construcción del polígono nº 1 del parque empresarial de Ribadavia.
De conformidad con lo previsto en el artículo 145 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, se somete a información pública el expediente de expropiación de los bienes y derechos que es necesario ocupar para la ejecución del polígono nº 1 del parque empresarial de Ribadavia, para que quienes puedan resultar interesados formulen las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes, en particular en lo que concierne a la titularidad o valoración de sus respectivos derechos.
Se acuerda su publicación en el Diario Oficial de Galicia y en un periódico de los de mayor circulación
de la provincia. Asimismo, las tasaciones se notificarán individualmente a los que aparezcan como titulares de los bienes o derechos en el expediente, para que puedan formular alegaciones en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de notificación.
Durante dicho plazo, todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas, por triplicado ejemplar, en el Registro de la Jefatura del Área Provincial del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, sita en la calle Sáez Díez, 43, 32071-Ourense.
Santiago de Compostela, 5 de octubre de 1999.
José Antonio Redondo López
Director general del Instituto Gallego
de la Vivienda y Suelo
Relación de propietarios del parque empresarial de Ribadavia
Finca
Dirección-lugar de residencia de la finca a expropiar indeminizables Justiprecio
Titulares Datos de la finca
Nº Apellidos y nombre
Naturaleza
Superficie
Otros bienes
Carretera de O Carballiño, nº 90
San Cristovo-Ribadavia
Carretera de O Carballiño, nº 149
San Cristovo-Ribadavia
c/ Moreiras, nº 22
San Cristovo-Ribadavia
309 c/ Moreiras, nº 22
San Cristovo Agrícola 2.652 m 2 pozos
1 caseta
bloques 2.324.540
Carretera da Veiga, nº 35
San Cristovo
San Cristovo, s/n
Ribadavia
Carretera de O Carballiño, nº 150
San Cristovo
28 Loeda Vázquez, Javier
Viñedo 595 m 375 cepas 664.813
31 Herederos de Julia Gómez González Monte 226 m 177.738
121 Bernárdez Gómez, José
Agrícola 449 m 353.116
243 Domínguez Fernández, Leotina Monte 749 m 589.051
253 Fernández Deaño, Manuel
Monte 1.274 m 1.001.937
304-A Amil Fernández, Dolores
Monte 849 m 1 pozo 756.946
Fernández Deaño, Antonio y Joaquín
15 cepas
312-A Gómez Feijóo, Jorge
Monte 1.029 m 809.257
319 Cendón Amil, Sara
Monte 986 m 5 robles 827.940
319-A López Vázquez, Teresa
Monte 950 m 747.127