De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 205/1995, de 6 de julio, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia, someto a información pública la solicitud de autorización administrativa de las instalaciones del parque eólico Serra de Meira con las siguientes características:
Peticionario: Gamesa Energía, S.A. Avda. do Cruceiro, 201-A. 15705 Santiago de Compostela.
Situación: ayuntamientos de Riotorto, Meira, Ribeira de Piquín y Pol (Lugo).
Localización (coordenadas poligonales en unidades UTM):
V(643.750, 4.792.000); V(642.250, 4.790.500)
V(642.500, 4.790.000); V(641.000, 4.789.000)
V(640.500, 4.789.000); V(640.500, 4.790.000)
V(641.000, 4.791.000); V(641.500, 4.790.500)
V(643.000, 4.792.000); V(642.500, 4.790.000)
V(642.000, 4.789.000); V(642.350, 4.789.000)
V(642.350, 4.788.000); V(643.000, 4.786.000)
V(643.250, 4.784.000); V(644.000, 4.783.000)
V(644.500, 4.782.000); V(643.500, 4.782.500)
V(643.500, 4.781.500); V(643.000, 4.782.000)
V(643.000, 4.783.000); V(642.400, 4.784.000)
V(641.700, 4.799.000); V(641.700, 4.789.000)
Superficie afectada: 1049,5 ha.
Potencia bruta: 49,5 MW.
Las entidades públicas o privadas interesadas podrán presentar solicitudes en competencia durante
el plazo de 20 días contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, mediante el procedimiento establecido en el artículo 10 del citado Decreto 205/1995, de 6 de julio, que regula el aprovechamiento de la energía eólica en Galicia.
Lugo, 6 de septiembre de 1999.
Jesús Bendaña Suárez
Delegado provincial de Lugo