Vistas las peticiones de prórroga de las concesiones que se citan en el anexo, resulta:
Antecedentes de hecho:
1º Por orden del Ministerio de Comercio de 7 de outubro de 1975 (BOE nº 254/75), se otorgan 930 concesiones administrativas para la instalación de otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a precario y por un plazo de 10 años, prorrogables a petición de los interesados.
Por Orden de 20 de marzo de 1975 (BOE nº 118, del 17 de mayo), se otorga concesión administrativa a Juan Roma Lojo para instalar un parque de cultivo de moluscos en el distrito marítimo-terrestre de la ría de Arousa, con una ocupación de 2.405,25 m, por un período de 10 años, prorrogables a petición del interesado.
Por Orden de 29 de octubre de 1984 (DOG nº 225, del 23 de noviembre), se otorga concesión administrativa a Manuel Maneiro Castromán para instalar un parque de cultivo de almejas y berberecho en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, con una ocupación de 792,50 m, por un período de 10 años en precario, prorrogables a petición del interesado.
Por Orden de 29 de octubre de 1984 (DOG nº 230, del 30 de noviembre), se otorga concesión administrativa a Antonio Farto Antelo para instalar un parque de cultivo de almejas y berberecho en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, con una ocupación de 1.147,25 m, por un período de 10 años en precario, prorrogables a petición do interesado.
Por Orden de 30 de junio de 1976 (BOE nº 234, del 29 de septiembre), se otorga concesión administrativa a Rolando Vidal Dios y José Luis Abelenda Gómez para instalar un parque de cultivo de almejas y berberecho en el distrito marítimo-terrestre de Vilagarcía de Arousa, con una ocupación de 9.462 m, por un período de 10 años en precario, prorrogables a petición de los interesados.
Por Orden de 31 de mayo de 1978 (BOE nº 170, del 18 de julio), se otorga concesión administrativa a Joaquín Pereira Baltar y Francisco Eiras Barreiro para instalar un parque de cultivo de moluscos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, con una ocupación de 6.000 m, por un período de 10 años, prorrogables a petición de los interesados.
2º Mediante Decreto 158/1991, de 16 de mayo, declárase de interés marisquero y urgente ejecución la revisión y reordenación de los citados parques de cultivo, con objeto de proceder a una regularización de la situación de hecho existente, a la revisión de las circunstancias de titularidade de los parques y
a la oportuna reordenación que adecúe su situación y superficie a una explotación más racional de los recursos.
3º Aprobada la fase de revisión del citado proceso por resolución de la Dirección General de Marisqueo y Acuicultura de fecha 26 de diciembre de 1995, es necesario proceder al inicio de la fase de reordenación, de la que surgirán las novas concesiones, para lo que resulta inexcusable desestimar, en este momento del proceso, tales peticiones de prórroga.
Fundamentos jurídicos
1º Este órgano es competente para resolver tales peticiones de conformidade con disposto en el R.D. 3318/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidade Autónoma de Galicia en materia de pesca y en la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.
2º Teniendo en cuenta que el plazo de vigencia de las concesiones administrativas que amparan los citados parques expiró, y de conformidade con lo disposto en el apartado C del artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, las concesiones se extinguiran por el vencimiento del plazo de otorgamiento sin que se solicitase e se concediese prórroga.
Por todo lo anterior, esta consellería haciendo uso de sus atribuciones y competencias, acuerda denegar las prórrogas solicitadas y proceder de conformidad con el artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, a la extinción de las concesiones relacionadas en el anexo a la presente orden.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo, que se interpondrá en el plazo de dous meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 116 da Ley 30/1992, de 26 de noviembre modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas e del procedimiento administrativo común y el Art. 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor al día siguinte de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 1999.
Amancio Landín Jaráiz
Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura
ANEXO
1) Orden de 7 de octubre de 1975 por la que se otorgan 930 concesiones administrativas para instalación de otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa.
Parcela nº Concesionario M
17 Juan González Alonso 835 20 José Cancelo Bugallo 419
Parcela nº Concesionario M
Mª del Carmen Dios Maneiro
Mª del Carmen Dios Maneiro
23 Ventura Longa Dios 931 25 Jesús Longa Dios 495 42 Antonio Rodríguez Vicente 1.842 46 Vicente Berride Caamaño 1.975 51 Fernando Dios Teijeiro 245 106 Ricardo Crespo Teijeiro 146 163 Francisco Dacuña Barreiro 152 186 Crespo, Rivas y Varela, S.L. 190 217 Carmen Cardalda Fungueiriño 53 284 Antonio Abad Escobar 56 293 Miguel Abad Argibay 50 347 Ricardo Crespo Teijeiro 26 393 Gerardo Camay Iglesias 466 438 Carlos Bello Luna 24 444 Carmen Teijeiro Ramos 38 448 Rosa Rodríguez Chaves 176 455 Dolores Dios Rial 40 467 Crespo, Rivas y Varela, S.L. 90 493 Antonio Rodríguez Vicente 48 519 Dolores Dios Rial 74 523 Marcelino García Suero 312 576 Carmen Teijeiro Ramos 368 579 José Mª Dios Maneiro
326 580 Manuel Maneiro Castromán 171 581 Mª del Carmen Maneiro Castromán 133 591 José Mª Dios Maneiro
67 593 Rodrigo Crespo García 277 603 Pablo González Portela 877 604 Antonio Figueiras Dávila 1.302 681 Ricardo Crespo Teijeiro 94 684 Ricardo Crespo Teijeiro 187 687 Luis Otero Sanes 25 703 Ramona Franco Castromán 56 705 Fernando Dios Teijeiro 237 720 Fernando Dios Teijeiro 352 738 Josefa Cancelo Bugallo 104 743 Alejandro Domínguez Santamaría 770 744 Alejandro Domínguez Santamaría 930 765 Celestina Muñiz Vicente 160 811 Juan Roma Lojo 280 835 Ernesto Barreiro Coira 676 845 Rosalina Rubio Ferreirós 332 849 José Mollinedo Rey 1.749 863 Montserrat Abuín Pardo 60 888 Dolores Leiro Suárez 347 896 Bernardo Meijide Abuín 55 897 Ramiro Sampedro Millares 49 901 José Caamaño Garaboa 697 904 Peregrina Antelo Romero 699 905 Manuel Maneiro Castromán 488 909 Antonio Santos Costas 198 910 Manuel Maneiro Castromán 144 911 Juan Barreiro Moure 616 917 Andrea Villamaría Mariño 605 923 Juan Farte Antelo 473 928 José Diz Bua 456
Por Orden de 20 de marzo de 1975 (BOE nº 118, del 17 de mayo), se otorga concesión administrativa a Juan Roma Lojo para instalar un parque de cultivo de moluscos en el distrito marítimo-terrestre de la ría de Arousa, con una ocupación de 2.405,25 m, por un período de 10 años, prorrogables a petición del interesado.
Parcela nº Concesionario M
Exp. 9560 Juan Roma Lojo 2.405,25
Por Orden de 29 de octubre de 1984 (DOG nº 225, del 23 de noviembre), se otorga concesión administrativa a Manuel Maneiro Castromán para instalar un
parque de cultivo de almejas y berberecho en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, con una ocupación de 792,50 m, por un período de 10 años en precario, prorrogables a petición del interesado.
Parcela nº Concesionario M
Exp. 5545 Manuel Maneiro Castromán 792,50
Por Orden de 29 de octubre de 1984 (DOG nº 230, del 30 de noviembre), se otorga concesión administrativa a Antonio Farto Antelo para instalar un parque de cultivo de almejas y berberecho en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, con una ocupación de 1.147,25 m, por un período de 10 años en precario, prorrogables a petición del interesado.
Parcela nº Concesionario M
Exp. 5447 Antonio Farto Antelo 1.147,25
Por Orden de 30 de junio de 1976 (BOE nº 234, del 29 de septiembre), se otorga concesión administrativa a Rolando Vidal Dios y José Luis Abelenda Gómez para instalar un parque de cultivo de almejas y berberecho en el distrito marítimo-terrestre de Vilagarcía de Arousa, con una ocupación de 9.462 m, por un período de 10 años en precario, prorrogables a petición de los interesados.
Parcela nº Concesionario M
José Luis AbelendaExp. 9744 Rolando Vidal Dios
9.462
Por Orden de 31 de mayo de 1978 (BOE nº 170, del 18 de julio), se otorga concesión administrativa a Joaquín Pereira Baltar y Francisco Eiras Barreiro para instalar un parque de cultivo de moluscos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, con una ocupación de 6.000 m, por un período de 10 años, prorrogables a petición de los interesados.
Parcela nº Concesionario M
Francisco Eiras BarreiroExp. 8996 Joaquín Pereira Baltar
6.000