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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Miercoles, 22 de septiembre de 1999 Pág. 11.546

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

RESOLUCIÓN de 30 de agosto de 1999, de la Delegación Provincial de Ourense, de notificación de la incoación del procedimiento sancionador de epizootias OU-T-92/1999.

En conformidad con lo dispuesto en el artículo 59,4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha, resolví publicar la incoación del procedimiento sancionador reseñado, por infracción de la Ley de 20 de diciembre de 1952, sobre epizootias (BOE del 23 de decembro) y el Reglamento que la desarrolla de 4 de febrero de 1955, modificado entre otros por el Real decreto 1665/1976, de 7 de mayo, puesto que, intentada la notificación, el servicio de correos no la ha podido practicar.

Se nombra instructora de este procedimiento a María Isabel Biempica González, funcionaria de esta delegación, pudiendo promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, se concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992 citada.

La resolución será acordada por el delegado provincial de esta consellería.

El interesado dispondrá de un plazo de quince días que comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta notificación, para que pueda examinar el expediente en la delegación provincial de esta consellería, sita en la calle Florentino López Cuevillas, nº 4-6 bajo, Ourense, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas que estime convenientes en la defensa de sus derechos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 13,2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad-sancionadora, de 4 de agosto de 1993 (BOE nº 189, de 9 de agosto), si no se presentan alegaciones en el plazo anteriormente señalado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario de la sanción podrá implicar la terminación del procedimiento. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en esta delegación provincial, en la dirección anteriormente indicada.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto).

Ourense, 30 de agosto de 1999.

José Manuel Baltar Blanco

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente: OU-T-92/1999.

Interesado: Manuel Varela Espino.

DNI: 76.514.815-0.

Última dirección conocida: calle de O Progreso, nº 174, 1º A Rúa. Ourense.

Hecho denunciado: transportar desde el mercado de Sarria hasta el matadero de A Pobra de Trives, 4 animales de raza bovina en el remolque C-7025-BG, careciendo del certificado de inscripción del vehículo-remolque en el registro de sanidad animal.

Tipificación de la infracción: artículo nº 52 del Reglamento de epizootias, Art. 1 de la Orden de 23 de agosto de 1995, Art. l de la Orden de 2 de febrero de 1998.

Sanción: diez mil pesetas (10.000).