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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 183 Martes, 21 de septiembre de 1999 Pág. 11.493

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CENTRO INFORMÁTICO PARA LA GESTIÓN TRIBUTARIA, ECONÓMICO-FINANCIERA Y CONTABLE

RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 1999 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la plantilla de personal laboral fijo del Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable de operadores de ordenador.

Al amparo de la disposición adicional 5ª de la Ley 2/1998, por la que se crea el Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable, y del artículo 7.h) del Decreto 361/1998, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del CIXTEC, y en cumplimiento de la Ley 10/1996, de 5 de noviembre, de actuación de entes y empresas en las que tiene participación mayoritaria la Xunta de Galicia, en materia de personal y contratación, el CIXTEC acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la plantilla de personal laboral fijo del CIXTEC, con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria:

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 9 plazas de operadores de ordenador por el sistema de promoción interna y acceso libre, por el procedimiento de concurso-oposición.

1.2. El número total de plazas reservadas al sistema de promoción interna asciende a 2, y las reservadas al sistema de acceso libre serán 7.

Por no alcanzarse los porcentajes mínimos, no se reserva ninguna plaza para ser cubierta por persona con minusvalidez con grado de discapacidad igual o superior al 33%.

1.3. Las plazas sin cubrir de las reservadas al sistema de promoción interna se acumularán al sistema de acceso libre.

1.4. Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas.

1.5. Al presente proceso selectivo le será aplicable la Ley 10/1996, de 5 de noviembre y lo dispuesto en las bases de la convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.2. Promoción interna.

2.2.1. Estar en posesión del título académico de FP 2º grado de informática o bachillerato superior o equivalente.

2.2.2. No estar separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

2.2.3. Los aspirantes deberán ser personal laboral fijo del CIXTEC y deberán tener una antigüedad de, por lo menos, dos años en la categoría desde la que se accede y pertenecer el día de la publicación de esta convocatoria en el DOG a las categorías integradas en el grupo III e IV del III Convenio Colectivo Único de la Xunta de Galicia.

2.3. Para acceso libre.

2.3.1. Ser español o tener la condición de nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

2.3.2. Haber cumplido los 18 años.

2.3.3. Estar en posesión del título académico de FP 2º grado de informática o bachillerato superior o equivalente.

2.3.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.3.5. No estar separado do servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

2.4. Todos los requisitos exigidos en los puntos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia ajustada al modelo que figura en el anexo III.

Asimismo, en el apartado correspondiente de la instancia, deberá hacerse constar titulación poseída o estar en condición de obtenerla.

A la instancia se adjuntará la documentación exigida en el anexo I.

3.2. La presentación de solicitudes se hará en las dependencias del CIXTEC, Santiago de Compostela, calle Ramón Piñeiro, nº 27, C.P. 15702, o bien en

la forma prevista en el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 20 días naturales, a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el DOG y se dirigirán al director del CIXTEC.

3.3. Los aspirantes con minusvalidez deberán indicarlo en la solicitud. Asimismo deberán solicitar las correspondientes adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán corregirse en cualquier momento, de oficio o por instancia del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancia, el director del CIXTEC dictará resolución en el plazo de un mes, en la que se declare aprobada la lista de admitidos y excluidos. En la citada resolución, que deberá publicarse en el DOG, se indicarán los lugares en que se encuentre expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos e excluidos. Las referidas listas deberán ser expuestas en todo caso en el tablón de anuncios del CIXTEC. En las listas deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del DNI, así como la causa de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución, para poder corregir el defecto que motivó la exclusión; transcurrido el mismo, se publicará la lista definitiva en los lugares indicados.

Contra la citada resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dicte en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, o directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se les reconozcan a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando la documentación que deba presentarse en el caso de superar el proceso selectivo, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.

5. Tribunal.

5.1. El tribunal encargado de efectuar la selección, que estará constituido por un número impar de miembros, no inferior a cinco, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes, será nombrado por el director del CIXTEC. Su composición se hará pública por medio del correspondiente anuncio en el DOG.

5.2. Los miembros del tribunal se abstendrán de intervenir, notificándoselo al presidente del tribunal,

cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el Art. 28 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o si hubiera realizado tareas de preparación de aspirantes a las pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El presidente podrá solicitar a los miembros del tribunal declaración expresa de no encontrarse incursos en las circunstancias previstas en el Art. 28 de la Ley 30/1992.

Los aspirantes podrán recusar los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3. Para la válida constitución del tribunal se requerirá la presencia del presidente y del secretario, y de la mitad, por lo menos, de sus vocales, sean titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de sesenta días a partir de la publicación de su designación.

En la referida sesión el tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan para el correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. A partir de su constitución, el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del presidente y secretario o, en su caso, de sus suplentes, y la mitad por lo menos de sus vocales, titulares o suplentes.

5.5. En la oposición, el tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992.

5.6. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que considere pertinentes, limitándose los citados asesores a prestar la colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberán comunicársele al director del CIXTEC.

5.7. El tribunal adoptará las medidas precisas, en los casos en que sea necesario, de forma que los aspirantes con minusvalidez gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, establecerán para las personas con minusvalidez que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones de tiempo y medios para su realización.

5.8. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 26.2º del Decreto 299/1990, de 24 de mayo, el tribunal tendrá la categoría tercera.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la calle Ramón Piñeiro, nº 27, 15702, Santiago de Compostela.

5.10. El tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

6. Lista de aprobados.

Finalizada la oposición, el tribunal hará públicas, en el lugar de su sede, señalada en la base 5.9, y

en aquellos otros que considere oportunos, la lista de aspirantes aprobados, con indicación de la puntuación obtenida.

El presidente del tribunal enviará al director del CIXTEC la copia certificada de la citada lista de aprobados así como la relación de opositores que superaron el cuarto ejercicio con indicación de la puntuación final obtenida en el conjunto de pruebas. Los nombres de los aprobados se publicarán en el DOG.

7. Presentación de documentos y nombramientos.

7.1. En el plazo de 15 días naturales, contados desde el día siguiente a aquél en el que la lista de aprobados sea publicada en el DOG, los aspirantes que superasen el proceso selectivo deberán presentar en el CIXTEC, calle Ramón Piñeiro, 27, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 o certificación académica que certifique haber hecho todos los estudios para la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de que no fue separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración pública ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

7.2. Los que dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de su examen se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados personal laboral y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurriesen por falsedad en la solicitud inicial.

7.3. Finalizado el proceso selectivo y una vez cumplidos los requisitos exigidos con anterioridad, los que los superasen serán nombrados personal laboral fijo del CIXTEC en la categoría que corresponda mediante resolución del director del Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable, que se publicará en el DOG, de acuerdo con la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

7.4. En la resolución por la que se publique la propuesta definitiva de aprobados podrán incluirse los puestos que se les oferten, con indicación de los requisitos para su desempeño.

8. Norma última.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la actuación del tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santiago de Compostela, 3 de septiembre de 1999.

Gonzalo Gómez Montaña

Director del Centro Informático para la Gestión

Tributaria, Económico-Financiera y Contable

ANEXO I

El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.

1. Fase de concurso:

1.1. Para el acceso mediante promoción interna:

A) Experiencia profesional:

a) Servicios prestados en el CIXTEC, o en el CPD de la Consellería de Economía y Hacienda de la Xunta

de Galicia en las categorías y grupos laborales reflejadas en la base 2.2.3 de la convocatoria: 0,08 puntos por mes.

b) Servicios prestados en otras dependencias de la Xunta de Galicia o en otras administraciones públicas en las categorías y grupos laborales especificados en el punto anterior: 0,02 puntos por mes.

B) Formación profesional:

Por cada curso relacionado con el puesto de trabajo al que se opta e impartidos por organismos oficiales y dependientes de cualquiera de las administraciones públicas u homologados por la EGAP:

-De hasta 25 horas: 0,02 puntos.

-De 26 a 50 horas: 0,05 puntos.

-De 51 a 100 horas: 0,15 puntos.

-De 101 a 250 horas: 0,35 puntos.

-De 251 a 499 horas: 0,75 puntos.

-De 500 o más horas: 1 punto.

Si no se acredita la duración de los cursos se entenderá de hasta 25 horas.

La puntuación máxima en este apartado no podrá exceder de 2 puntos.

C) Curso de gallego:

Cursos de iniciación de la lengua gallega: 0,50.

Cursos de perfeccionamiento de la lengua gallega: 1,5. En caso de acreditar más de un curso sólo se valorará el curso superior.

1.2. Para el acceso libre:

A los aspirantes del sistema de acceso libre que desempeñen o desempeñasen puestos de trabajo de operador de ordenador en el Centro Informático de Gestión Tributaria Económico-Financiera y Contable o en el Centro de Proceso de Datos de la Consellería de Economía y Hacienda de la Xunta de Galicia, se les valorarán los servicios prestados a razón de 0,20 puntos por mes.

A los aspirantes que desempeñen o desempeñasen puestos de trabajo de operador de ordenador en otros servicios de la Administración de la Xunta de Galicia o en cualquier otra Administración pública, les serán valorados los servicios prestados a razón de 0,05 puntos por mes.

La suma de los apartados anteriores no podrá exceder de 12 puntos.

2. Fase de oposición:

Los temarios por los que se regirán las pruebas selectivas son los que figuran en el anexo II de la presente convocatoria.

2.1. Primer ejercicio: prueba escrita de carácter eliminatorio constituida por 50 preguntas tipo test, relativas a todo el temario, con tres respuestas alternativas de las que sólo una es verdadera. El tiempo de realización de este ejercicio será de 1 hora y 15 minutos. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos y será

necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 5 puntos. Le corresponde al tribunal determinar el número de respuestas correctas exigidas para alcanzar la puntuación mínima, teniendo en cuenta que por cada tres respuestas incorrectas se descontará una correcta.

2.2. Segundo ejercicio: de carácter eliminatorio constituido por un supuesto práctico a elegir entre dos propuestos por el tribunal a ejecutar sobre un ordenador Unisys 2200/633 o un servidor en Windows/NT.

Este ejercicio tendrá una duración máxima de 45 minutos y se calificará de 0 a 10 puntos; será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 5 puntos, correspondiéndole al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la puntuación mínima.

2.3. Tercer ejercicio: de carácter eliminatorio consistirá en la traducción de un texto técnico sobre informática del idioma inglés al castellano. Este ejercicio se calificará de 0 a 5 puntos, será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 2,5 puntos, correspondiéndole al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la puntuación mínima. Este ejercicio tendrá una duración aproximada de 30 minutos.

Los aspirantes que accedan mediante promoción interna quedarán exentos de la realización de este ejercicio.

2.4. Cuarto ejercicio de carácter no eliminatorio consistirá en la traducción de un texto del gallego al castellano elegido por sorteo de entre dos textos propuestos por el tribunal. Este ejercicio se calificará de 0 a 5 puntos por el tribunal. La duración máxima de este ejercicio será de 30 minutos.

La puntuación de todos los ejercicios se publicará en el tablón de anuncios del CIXTEC así como en los lugares en donde se celebren las pruebas.

Los aspirantes deberán presentarse para la realización de cada ejercicio provistos de DNI o documento fidedigno acreditativo de su identidad, a juicio del tribunal. Asimismo, deberán presentarse provistos del correspondiente lápiz para la realización de los ejercicios tipo test.

El orden de puntuación de los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y en la de oposición, no pudiendo superar el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

2.5. Desarrollo de los ejercicios:

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra G, de acuerdo con la resolución de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 23 de junio de 1999.

En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el tribunal para acreditar su identidad.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluido de la oposición quien no comparezca, excepto en los casos de fuerza mayor justificados y libremente apreciados por el tribunal.

El día, la hora y el lugar de celebración del primer ejercicio se hará público en la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios será efectuado por el tribunal en los locales en donde se celebre el primero, así como en el tablón de anuncios del CIXTEC, además de por cualquiera otro medio que lo considere conveniente, siempre con veinticuatro horas de antelación, cuando menos, a su iniciación.

ANEXO II

Temario operadores

Fundamento de los computadores:

1. Funcionamiento y elementos de un sistema informático. Los subsistemas físico y lógico.

2. Representación de la información.

3. La unidad central de proceso.

4. Microprocesadores.

5. El subsistema de entrada y salida.

6. La periferia de un sistema informático.

7. Dispositivos de almacenamiento de la información.

8. Tipos de sistemas informáticos: equipos grandes, medios y pequeños.

9. Concepto, evolución y tendencias de los sistemas operativos.

10. Los sistemas operativos de equipos medios y pequeños (MS-DOS, WIN 3.11, NT, UNIX).

11. Los sistemas operativos de grandes equipos.

12. Organización y funcionamiento de un C.P.D.

Teleinformática:

13. Equipos terminales y de comunicaciones.

14. Redes de área local, topologías, métodos de acceso, normalizaciones, rendimiento.

15. Redes de área extensa.

16. Equipos de interconexión de redes: repetidores, bridges, routers y gateways.

Ofimática e informática documental:

17. Los ordenadores personales. Arquitectura y sistemas operativos.

Seguridad informática:

18. La seguridad del ordenador.

19. Seguridad en comunicaciones y redes de ordenadores.