De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan las propuestas de resolución, dictadas por la instructora en los expedientes que or infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia, se están tramitando en esta delegación.
A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, los denunciados en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar las alegaciones que se consideren convenientes.
Pontevedra, 15 de julio de 1999.
Luis Díez Yáñez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: P-209/98.
Denunciado: Maximino García Míguez, domicilio c/ Salvatera, 1 Vigo.
DNI: 76.977.185.
Hechos denunciados: tala de vegetación de ribeira sin autorización (13 brotes de ameiros y 1 brote de sauce), en el río Pexegueiro, en el lugar de O Coto, Cesantes, del ayuntamiento de Redondela. Hechos denunciados a las 11 horas del día 7 de septiembre de 1998.
Data del acuerdo de la incoación: 28-1-1999.
Alegaciones a la incoación: no presenta escrito en su descargo.
Fecha de la propuesta de resolución: 8-6-1999.
Precepto infringido: 34.22º, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.
Precepto sancionador: 34, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.
Sanción: 50.001 ptas.
Inhabilitación: para obtener licencia de pesca durante 1 año.
Indemnización: 7.578 ptas.
Expediente: P-214/98.
Denunciado: Juan José Rey Castro, domicilio Avda. Matosinhos, 11 Vilagarcía de Arousa.
DNI: 35.443.764.
Hechos denunciados: practicar el deporte de la pesca careciendo de licencia de pesca. Hechos denunciados a las 19.45 horas del día 16 de septiembre de 1998, en el río Ulla, lugar de Bamio, del ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa.
Fecha del acuerdo de la incoación: 18-12-1998.
Alegaciones a la incoación: no presenta escrito en su descargo.
Fecha de propuesta de resolución: 29-6-1999.
Precepto infringido: 34.1º, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.
Precepto sancionador: 34, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.
Sanción: 50.001 ptas.
Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca durante 1 año.
Expediente: P-53/99.
Denunciado: José Eladio Álvarez Álvarez, domicilio O Paseo Matutino, Ponteareas.
DNI: 34.241.160.
Hechos denunciados: depositar el vehículo PO-5906-K, marca Renault 7 TL, color verde en estado ruinoso de abandono en el margen de un río (a menos de un metro del cauce), entorpeciendo la servidumbre del paso en beneficio o para uso de los pescadores. Hechos denunciados a las 13.30 horas del día 12 de abril de 1999 en el río Xinzo, en el lugar de Touredo, del ayuntamiento de Ponteareas.
Fecha del acuerdo de la incoación: 19-5-1998.
Alegaciones a la incoación: no presenta escrito en su descargo.
Data de propuesta de resolución: 22-6-1999.
Precepto infringido: 34.27º, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.
Precepto sancionador: 34, de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.
Sanción: 50.001 ptas.
Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca durante 1 año.