El conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, mediante Orden de 1 de julio de 1999,
resolvió otorgar, con carácter definitivo, a la empresa Transportes David Álvarez, S.L., la concesión de servicio público regular permanente de uso general de transporte de viajeros por carretera: V-7065; XG-439, Sarria-O Incio-Cabude, con hijuelas, por sustitución y unificación de las concesiones V-0101; XG-004, entre Cruz do Incio-Sarria, con prolongación a Cabude, y V-2987; XG-324, entre Requeixo (Val de Lóuzara)-Samos con prolongación a Zoo, de acuerdo entre otras, con las siguientes condiciones particulares:
1. Itinerarios y puntos de parada.
* Sarria, empalme, Castroncán, Formigueiros, Mao, Reboiro, Sigueiros, O Incio, Montemeán y Cabude.
* Empalme, Vilachá, Gontán, Vilamelle, Brea, Coíñas, Samos, cruce Becerreá, Couso, Freixo, Padrón, San Cristovo, Paredes, Vilela y Requeixo.
* Brea, Roxofrei, San Fiz, Castro, Montán, Gosende y Zoo.
2. Prohibiciones de tráfico.
* De y entre empalme y Sarria, puntos intermedios y viceversa.
* Del tramo Samos-cruce Becerreá, ambos puntos incluidos para el tramo empalme-Sarria y viceversa.
3. Expediciones.
Cabude-O Incio-Castroncan-Sarria (29,7 km).
* Dos expediciones de ida y vuelta de lunes a viernes laborables.
Requeixo-Samos-Brea-Zoo-Brea-empalme-Sarria (49,9 km).
* Una expedición de ida y vuelta de lunes a viernes laborables.
4. Tarifas.
Tarifa aplicable:
-Tarifa partícipe por viajero/km: 11,22 pesetas.
-Tarifa usuario: 12,00 pesetas.
-Exceso de equipajes y encargos (excluido IVA): 1,683 pesetas.
Contra el citado acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante este mismo órgano o recurso contencioso-administrativo ante la Sala do Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xusticia de Galicia en el plazo de dos meses, computados, ambos plazos, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.
Santiago de Compostela, 3 de agosto de 1999.
Juan Carlos Villarino Tejada
Director general Transportes