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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 172 Lunes, 06 de septiembre de 1999 Pág. 10.968

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

AVISO de 20 de agosto de 1999, de la Jefatura del Servicio de Estructuras Rurales de A Coruña, por el que se anuncia la toma de posesión provisional de fincas de la zona de concentración parcelaria de Barazón (Santiso-A Coruña).

Terminada la publicación del acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Barazón (Santiso-A Coruña) y no excediendo el número de recursos presentados y pendientes del seis por ciento de los titu

lares de las explotaciones, ni representando los reclamantes más del diez por ciento de la superficie concentrada, la Dirección General de Desarrollo Rural, ha resuelto dar posesión provisional de las nuevas fincas. Dicha toma de posesión es obligatoria para todos los interesados y se entiende sin perjuicio de las rectificaciones que proceda como consecuencia de los recursos que prosperen (artículo 44 de la Ley de concentración parcelaria para Galicia de 14 de agosto de 1985).

Los interesados podrán reclamar ante esta Jefatura de Estructuras Rurales (edificio administrativo, plaza Luis Seoane, s/n, 15008 A Coruña) acompañando dictamen pericial, sobre diferencias superiores al dos

por ciento entre la cabida real de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración, dentro de los treinta días siguientes al de la publicación del presente aviso en los lugares habituales de la parroquia (artículo 46 de la Ley de concentración parcelaria para Galicia de 14 de agosto de 1985 ).

A los efectos oportunos se establecen los siguientes plazos de toma de posesión:

a) Labradío sin cosecha pendiente, prados y pastos, al día siguiente de la publicación de este aviso.

b) Las restantes fincas, en el momento de ser retiradas las cosechas que estuvieran pendientes de recolección en el día antes citado.

c) En relación con los árboles existentes en las fincas se recomienda, en la medida de lo posible llegar a un acuerdo entre aportante y adjudicatario; en caso contrario, podrán ser retirados por los propietarios de las parcelas de aportación dentro de los tres meses siguientes a la publicación del presente aviso, previa petición a la Jefatura de Servicio de Montes e Industrias Forestales del preceptivo permiso y el informe favorable del Servicio de Medio Ambiente Natural de la Consellería de Medio Ambiente en el caso de ser especies de ribera. Transcurrido el referido plazo se entenderá que pertenecen al propietario de la nueva finca.

A Coruña, 20 de agosto de 1999.

P.A.

Ángel Hernaez Ruíz

Jefe de Servicio de Estructuras Rurales de A Coruña