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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Jueves, 02 de septiembre de 1999 Pág. 10.864

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE A CORUÑA

RESOLUCIÓN de 27 de julio de 1999 por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas de auxiliares de servicios vacantes en la plantilla de personal laboral de esta universidad.

Aprobada por Resolución de 10 de agosto de 1995 la oferta de empleo público para 1995 de personal de administración y servicios de la Universidad de A Coruña,

Este rectorado, en uso de las competencias que tiene atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria, en relación con el artículo 3.2º e) de la misma norma, así como en los estatutos de esta universidad, aprobados por Decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17), modificado por el Decreto 245/1998, de 30 de julio (DOG del 28 de agosto), y al objeto de atender las necesidades de auxiliares de servicios,

RESUELVE:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cubrir 31 plazas de auxiliares de servicios de la Universidad de A Coruña, destinados a realizar tareas de apoyo en el área de conserjería en los distintos centros y servicios de esta universidad.

La totalidad de plazas convocadas se reservarán para ser cubiertas por el turno inicial de promoción interna por personal laboral fijo de la Universidad de A Coruña, perteneciente a categoría distinta que la de las plazas convocadas.

Las plazas que no sean cubiertas por el turno de promoción interna, por no obtener los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las correspondientes pruebas se ofertarán al resto de los aspirantes por el sistema general de acceso libre.

Del total de plazas resultantes para el sistema de acceso libre se reservarán 3 para ser cubiertas entre personas con minusvalidez de grado igual o superior al 33 por ciento, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

Las pruebas selectivas se realizarán con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Solicitudes.

1.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en la instancia según

el modelo que figura como anexo IV. A la instancia se acompañará focotopia del documento nacional de identidad, acreditándose además el pago de los derechos de examen en la forma prevista en el punto 1.2.

Las solicitudes se dirigirán al rector de la Universidad de A Coruña en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

La presentación de las solicitudes se hará en el registro general de la Universidad en A Coruña (Edificio del Rectorado, calle de la Maestranza, s/n, CP 15001) y Ferrol (Vicerrectorado del Campus, Doctor Vázquez Cabrera, s/n CP 15403), o en las restantes formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14).

1.2. Los derechos de examen serán de 5.015 pesetas que se ingresarán, directamente o mediante transferencia, en cualquiera de las oficinas de la Caja Postal, en la cuenta corriente número 1302-1700-42-0017957982, «Pruebas selectivas para auxiliares de servicios», a nombre de la Universidad de A Coruña. La solicitud deberá ir acompañada del resguardo acreditativo del ingreso, cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el pago supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud delante del órgano expresado en el punto 1.1.

1.3. Los méritos de la fase de concurso correspondientes a la antigüedad y los servicios prestados por los aspirantes a la Universidad de A Coruña deberán acreditarse mediante certificación expedida por la Gerencia, referida a la fecha de publicación en el DOG de la presente convocatoria, que será incorporada a la solicitud.

1.4. Los aspirantes que concurran a las plazas reservadas para que tengan la condición legal de minusvalidez deberán formular la correspondiente opción con la declaración expresa de reunir la condición exigida al respecto.

1.5 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad, podrán indicarlo en la casilla número 14 de la solicitud y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en la casilla número 15.

1.6. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 1.1. para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, excepto causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir y mantener los siguientes requisitos:

a) Ser español o tener la nacionalidad de cualquiera de los demás estados miembros de la Unión Europea, previa acreditación de la misma, en este último caso.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de los sesenta y cinco.

c) Estar en posesión del certificado de estudios primarios o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. Igualmente, los aspirantes de los paises de la CEE deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Los aspirantes por el turno de promoción interna deberán reunir además los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de personal laboral fijo de la Universidad de A Coruña.

b) Pertenecer a categoría distinta que la de las plazas convocadas en la presente convocatoria.

c) Los aspirantes por el turno de promoción interna quedarán exentos del requisito de titulación exigido en el apartado c) del punto anterior.

2.3. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

3. Discapacidades.

3.1. Para la realización de las pruebas selectivas, el tribunal cualificador de las mismas establecerá, para las personas con minusvalías que lo hubiesen demandado en la solicitud de admisión, las adaptaciones posibles de tiempos y medios.

3.2. Si en el desarrollo del proceso selectivo se suscitaran dudas al tribunal respecto a la capacidad del aspirante por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los trabajadores de la categoría de auxiliar de servicios, podrá recabar el correspondiente dictamen del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

4. Listas de admitidos y excluidos.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de veinte días naturales, el rector de la universidad dictará resolución, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia, decla

rando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, que serán hechas públicas en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, con mención expresa del nombre, apellidos y documento nacional de identidad y, en su caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir de la publicación de la referida resolución, para subsanar el defecto que motivase la exclusión. Transcurrido el mencionado plazo el rector dictará resolución en la que declarará aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos, contra la que los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo delante del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución.

4.2. El hecho de figurar en la lista de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos, que tendrán que acreditarse en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 9.1 de esta convocatoria.

5. Sistema selectivo.

5.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, con la valoración de méritos, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

5.2. El programa de las pruebas de la fase de oposición es el que figura como anexo II.

6. Tribunal calificador.

6.1. El tribunal calificador es el que figura como anexo III de la presente convocatoria.

6.2. El tribunal en su constitución, composición y funcionamiento se atendrá a lo dispuesto en el artículo 13 del R.D. 364/1995 y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14).

6.3. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en el número que estime necesario.

6.4. El tribunal tendrá la categoría tercera de las recogidas en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo (DOG del 1 de junio).

7. Calendario de las pruebas.

7.1. El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios será hecho público en resolución rectoral que apruebe las listas de aspirantes admitidos y excluidos.

7.2. La duración máxima de las pruebas selectivas será de seis meses desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.

7.3. El orden de actuación de los aspirantes será el que determine la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma para el año en que se realice la prueba.

8. Lista de aprobados.

8.1. Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el tribunal calificador hará pública en el Rectorado de A Coruña, en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol, y en el lugar o lugares de celebración del ejercicio, así como en aquellos otros que estime oportuno, la puntuación obtenida por los aspirantes en el mismo, así como la de cada una de las pruebas que lo componen.

8.2. El tribunal hará pública la valoración de los méritos de la fase de concurso una vez realizado el ejercicio de la fase de oposición.

8.3. El tribunal publicará la relación de los aspirantes que superaron las pruebas selectivas, constituida por aquelllos opositores que, en número no superior al de plazas convocadas y habiendo obtenido la puntuación mínima exigida para la primera prueba del ejercicio de la fase de oposición, obtuvieran la mayor puntuación final, con indicación de la puntuación total obtenida por cada uno de ellos. Estas listas serán confeccionadas independentemente para cada turno de acceso y según el orden de puntuación final obtenida por cada aspirante. Los opositores que no se encuentren incluídos en esta relación tendrán la consideración de no haber aprobado las pruebas selectivas, único extremo acerca del que el tribunal podrá certificar.

8.4. El tribunal elevará al rector la relación definitiva de los aspirantes aprobados por el orden de esta puntuación final por cada turno de acceso, con propuesta de que se formalicen con ellos los correspondientes contratos de trabajo.

9. Presentación de documentos.

9.1 En el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente al que se hiciese pública la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas, estos deberán presentar en el Servicio de Personal de la Universidad de A Coruña (calle de la Maestranza, s/n) los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI o documento acreditativo equivalente de ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar estos requisitos en los términos previstos en la Ley 17/1993, del 23 de diciembre.

d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

e) Certificado de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma que acredite la condición legal de minusvalidez, en su caso.

9.2. Los aspirantes por el turno de promoción interna estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o contrato indefinido.

9.3. El órgano competente podrá requerir, respecto de las personas que ingresen por el cupo de discapacitados, dictamen del órgano mencionado en el punto 3.2 de esta convocatoria sobre la compatibilidad del candidato con el puesto de trabajo o sobre las adaptaciones de este último.

10. Contratación e incorporación al puesto de trabajo.

10.1. Cumplimentados debidamente por los aspirantes que superaron las pruebas selectivas los trámites de presentación de documentos, serán contratados como auxiliares de servicios de la Universidad de A Coruña.

10.2. La adjudicación de puestos de trabajo se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden de puntuación obtenida en el proceso selectivo dentro de cada turno de acceso. A este respecto, los aspirantes que accedan por el turno de promoción interna tendrán preferencia para cubrir los puestos convocados, sobre los aspirantes que no procedan de este turno. En la adjudicación de los restantes puestos se dará prioridad a los aspirantes del cupo de discapacitados.

10.3. El período de prueba será de dos meses, durante los que el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso. Este período de prueba no será aplicable a los aspirantes que con anterioridad hayan desempeñado funciones correspondientes a las áreas de conserjería de la Universidad de A Coruña.

Segundo.-Las presentes pruebas selectivas se ajustarán a lo dispuesto en el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE del 10 de abril), que aprueba el Reglamento general de ingreso de personal al servicio de la Administración general del Estado y los estatutos de esta universidad, aprobados por Decreto de la Xunta de Galicia 253/1992, de 10 de septiembre (DOG del 17 de septiembre), y las bases de esta convocatoria.

Tercero.-La presente convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ellas podrán ser impugnados ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo en los casos y en la forma establecidos en la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedemiento administrativo común, (BOE del 27) ), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14).

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso ordinario contra los actos del tribunal calificador de las pruebas ante el rector de la Universidad de A Coruña, en los términos previstos en el artículo 114 y concordantes de la mencionada ley.

A Coruña, 27 de julio de 1999.

José Luis Meilán Gil

Rector de la Universidad de A Coruña

ANEXO I

Procedimiento de selección

Fase de oposición.

A) Ejercicios.

La fase de oposición consistirá en la realización de un ejercicio compuesto de las siguientes pruebas, que se realizarán conjuntamente:

1ª prueba: consistirá en la contestación a un cuestionario de preguntas tipo test sobre el contenido del programa que se especifica en el anexo II.

2ª prueba: consistirá en la contestación a un cuestionario de preguntas tipo test sobre conocimientos de lengua gallega.

Los aspirantes por el turno de promoción interna estarán exentos de la realización de la segunda prueba.

B) Valoración y tiempo de realización del ejercicio.

La primera prueba del ejercicio de la fase de oposición se valorará de 0 a 20 puntos, no puntuándose negativamente las respuestas incorrectas. La segunda prueba se valorará de 0 a 5 puntos.

Para superar el ejercicio se precisará obtener un mínimo de 8 puntos en la primera de las pruebas de que se compone el mismo.

El tiempo de realización del ejercicio será establecido por el tribunal calificador discrecionalmente.

Fase de concurso.

Turno de promoción interna: se valorarán los servicios prestados como personal laboral fijo en la Universidad de A Coruña, en cualquier categoría laboral distinta a la de las plazas convocadas a razón de 0,40 puntos por cada mes completo o fracción, hasta un máximo de 10 puntos.

Turno libre: se valorarán los servicios prestados como contratado laboral no permanente en el área de conserjería por la Universidad de A Coruña, a razón de 0,40 puntos por cada mes completo o fracción, hasta un máximo de 10 puntos.

Sistema de puntuación.

La puntuación final de cada aspirante vendrá determinada por la suma total de todas las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en el ejercicio de la fase de oposición.

En caso de empate en la puntuación final entre dos aspirantes, el tribunal decidirá después de una entrevista que versará sobre las funciones propias de la plaza.

ANEXO II

Programa de las pruebas

Tema 1.-La Constitución española: derechos y deberes fundamentales.

Tema 2.-Creación, régimen jurídico y estructura de las universidades. Naturaleza y fines de la Universidad de A Coruña.

Tema 3.-Estructura y organización de la Universidad de A Coruña: departamentos, escuelas, centros, institutos universitarios y centros adscritos.

Tema 4.-El Gobierno de la Universidad de A Coruña: órganos colegiados y órganos unipersonales.

Tema 5.-El personal de la universidad: el personal de administración y servicios.

Tema 6.-Información, orientación y asistencia al usuario.

Tema 7.-Distribución de correspondencia: recogida, entrega, tratamiento, manipulación y clasificación simple de la documentación y correspondencia. Recados y mensajes

ANEXO III

Tribunal calificador

-Titulares.

Presidente: Alejandro Pazos Sierra. Vicerrector de Organización Docente y Profesorado.

Vocales:

Víctor Manuel Cabrera Sánchez. Gerente de la Universidad de A Coruña.

Cristina Ribao Álvarez. Auxiliar administrativo.

Manuel Romero Beade. Representante de los trabajadores.

Salvador Peña Díaz. Representante de los trabajadores

Secretario: Justiniano Rodríguez Soto. Jefe del Servicio de Personal.

-Suplentes.

Presidente: José Ramón Soraluce Blond. Vicerrector de Infraestructuras y Servicios.

Vocais:

Alfonso Barca Lozano. Secretario general de la universidad.

Alfonso Vidal Carnota. Jefe de la Sección de Estudiantes.

Mª. Josefa Padín García. Representante de los trabajadores.

Mª. José Grueiro Maroño. Representante de los trabajadores.

Secretario: Luis Vázquez López. Jefe de la Sección de Gestión de Personal.