En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25.4º de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, esta dirección general dispone que se publique en el DOG, el acuerdo adoptado por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del 29 de julio de 1999, cuya parte dispositiva es el siguiente texto literal:
«1º Aprobar definitivamente el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal denominado parque eólico Paxareiras II C.
2º De conformidad con el contenido del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia del 1 de octubre de 1997, por el que se aprueba el Plan Eólico de Galicia como proyecto sectorial de incidencia supramunicipal, el planeamiento de los ayuntamientos de Muros, Mazaricos y Carnota queda vinculado a las
determinaciones contenidas en el proyecto sectorial que se aprueba.
Consecuentemente, no se requerirá autorización urbanística previa para las instalaciones incluidas en el citado proyecto.»
Santiago de Compostela, 3 de agosto de 1999.
Joaquín del Moral Crespo
Director general de Industria