Por Orden de 15 de abril de 1999 (Diario Oficial de Galicia del 20 de mayo) la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria convocó ayudas económicas para la realización de actividades de formación dirigidas al profesorado de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Galicia durante el año 1999, y organizadas por las asociaciones y fundaciones legalmente constituidas que tengan en sus estatutos como fin preferente la formación del profesorado y no tengan la consideración de movimientos de renovación pedagógica.
Vista la propuesta formulada por la comisión de selección, y de conformidad con la base 10 de la convocatoria,
RESUELVO:
Primero.-Concederles con cargo a la aplicación presupuestaria 07.04.322I.480.0 las ayudas que se relacionan en el anexo de esta orden.
Segundo.-El pago de las ayudas económicas se hará, unha vez hecha la debida justificación, según instrucciones recibidas de la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional, que se deberá realizar hasta el 10 de octubre de 1999 para las actividades que finalicen hasta el 30 de septiembre incluido, y hasta el 5 de diciembre de 1999 para las actividades que se realicen entre el 1 de octubre y el 4 de diciembre incluidos.
Tercero.-Una vez terminado el plazo de presentación de las documentaciones justificativas de las ayudas económicas concedidas, se reunirá la comisión para hacer la evaluación de las mismas.
Cuarto.-Se autoriza a la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional para dictar las instrucciones necesarias para la aplicación y desarrollo de esta orden.
Quinto.-Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el DOG, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero) de modificación de
la Ley 30/1992, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Santiago de Compostela, 30 de julio de 1999.
Celso Curras Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación
Universitaria
ANEXO
Colexio Oficial de Doutores e Licenciados en Filosofía e Ciencias de Ourense: 193.000 ptas.
MRP. Lucus: 193.000 ptas.
Aula Castelao de Filosofía: 193.000 ptas.
Asociación de Directores de CPs. da Coruña: 193.000 ptas.
AMEFCOR: 193.000 ptas.
APIGA: 193.000 ptas.
CIG: 193.000 ptas.
Aspega: 201.000 ptas.
STEG: 193.000 ptas.
Matinando, Asociación Cultural: 193.000 ptas.
Candea, Asociación de Ensinantes do Salnés: 193.000 ptas.
Seminario Permanente de Educación para a Paz: 193.000 ptas.
CC.OO., Federación de Ensino: 193.000 ptas.
Soutullo, Asociación Pedagóxico-Cultural: 193.000 ptas.
Amcraga, Asociación de Mestres dos Colexios Rurais Agrupados de Galicia: 193.000 ptas.
AGPETAL, Asociación Galega de Profesores Especializados en Técnicos de Audición e Linguaxe: 193.000 ptas.
Asociación de Directores da Bisbarra de Santiago: 193.000 ptas.
Asociación Pedagóxico-Cultural Compostelá: 193.000 ptas.
Agamei, Asociación Galega de Mestras/es de Edc. Infant.: 193.000 ptas.
Anllar: 193.000 ptas.
Forum Europeo de Administradores da Educación de Galicia: 60.000 ptas.
MRP Dolmen: 60.000 ptas.