El Pleno Municipal, en sesión del día 17 de julio de 1999, acordó aprobar definitivamente la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento del Ayuntamiento de Maside (c/ Villanueva y entorno en Dacón), teniendo en cuenta el informe favorable de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, de 15 de junio de 1999.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 70.2º de la Ley 7/1985 (modificada por la Ley 39/1994), 48.2º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, y 6 y 8 d) de la Ley 7/1995, de 29 de junio, de la Xunta de Galicia.
Contra el acto de aprobación definitiva, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia. Alternativamente, el acto de aprobación definitiva se podrá impugnar directamente en vía judicial mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
En el supuesto en que se interponga recurso administrativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo mientras no se resuelva expresa o presuntamente el recurso de reposición interpuesto. En tal caso, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en el que éste deba entenderse presuntamente rechazado. En el supuesto de rechazamiento presunto del recurso de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo es de seis meses.
Maside, 19 de julio de 1999.
Benigno Álvarez Álvarez
Alcalde