De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre, se notifica a la persona que a continuación se relaciona, el acuerdo de inicio de expediente sancionador contra ella instruido por la Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales de A Coruña, por incumplimiento del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, en el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor.
A partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24.2º del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora), dispone del plazo de 10 días para presentar alegaciones; en el caso de no presentarlas y en base al artículo 13.2º del mencionado Real decreto 1398/1993, el inicio podrá considerarse propuesta de resolución.
Expediente: Secretaría 87/1999.
Denunciado: Julio Freire Díaz.
Razón social: Restaurante Castro de Ribalta.
Último dirección conocida: Brea. Guísamo, 8. Bergondo.
DNI: 32.818.303V.
Calificación de la infracción: leve.
Importe de la sanción: veinticinco mil pesetas.
En el caso de conformidad con la sanción, deberá hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor de Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta
restringida de recaudación de multas y sanciones del Servicio Gallego de Salud, nº 0182594701140179 del Banco Bilbao-Vizcaya, calle A Senra, 3-5, Santiago de Compostela.
A Coruña, 28 de junio de 1999.
Diego Bernal Llorente
Delegado provincial de A Coruña